Reglamento de Ejecución (UE) 2015/723 de la Comisión, de 5 de mayo de 2015, relativo a la autorización de la biotina como aditivo en piensos para todas las especies animales

Enforcement date:May 26, 2015
SectionReglamento de ejecución
Issuing OrganizationComisión Europea

6.5.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 115/22

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 1831/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre los aditivos en la alimentación animal (1), y, en particular, su artículo 9, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) no 1831/2003 establece la autorización de aditivos para su uso en la alimentación animal, así como los motivos y los procedimientos para conceder dicha autorización. El artículo 10 de dicho Reglamento contempla el reexamen de los aditivos autorizados con arreglo a la Directiva 70/524/CEE del Consejo (2).

(2) La biotina fue autorizada sin límite de tiempo de conformidad con la Directiva 70/524/CEE como aditivo en piensos para todas las especies animales. Posteriormente, este producto se incluyó en el Registro de aditivos para alimentación animal como producto existente, de acuerdo con el artículo 10, apartado 1, del Reglamento (CE) no 1831/2003.

(3) De conformidad con el artículo 10, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1831/2003, leído en relación con el artículo 7 del mismo Reglamento, se presentaron dos solicitudes para el reexamen de la biotina y de los preparados de biotina para todas las especies animales y, de conformidad con el artículo 7 de dicho Reglamento, para un nuevo uso en el agua de beber. Los solicitantes pidieron que estos aditivos se clasificaran en la categoría de «aditivos nutricionales». Dichas solicitudes iban acompañadas de la información y documentación exigidas con arreglo al artículo 7, apartado 3, del citado Reglamento.

(4) La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria («la Autoridad»), en sus dictámenes de 16 de octubre de 2012 y de 17 de octubre de 2012 (3), concluyó que, en las condiciones de uso propuestas en los piensos y en el agua de beber, la biotina no tiene efectos adversos para la salud animal, la salud humana ni el medio ambiente. La Autoridad también llegó a la conclusión de que la biotina sintética se considera una fuente eficaz de biotina en la alimentación animal y que no deberían surgir problemas de seguridad para los usuarios. La Autoridad no considera que sean necesarios requisitos específicos de seguimiento posterior a la comercialización. La Autoridad verificó también el informe sobre el método de análisis de los aditivos en los piensos y en el agua de beber que presentó el laboratorio de referencia establecido por...

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