Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) no 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 70/2001 (1)

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 125/13

INFORMACIONES PROCEDENTES DE LOS ESTADOS MIEMBROS Información comunicada por los Estados miembros acerca de las ayudas estatales concedidas de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1857/2006 de la Comisión sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) n o 70/2001

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2009/C 125/06)

o : XA 220/08 Estado miembro: Países Bajos

Provincie Noord-Brabant

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa que recibe la ayuda individual: Subsidieregeling Duurzame Landbouw in Noord-Brabant

Algemene subsidieverordening provincie NoordBrabant, ASV, en de subsidieverordening inrichting landelijk gebied 2007, de ILG-verordening.

Gasto anual previsto en virtud del régimen o cuantía global de la ayuda individual concedida a la empresa:

De conformidad con el Reglamento (CE) n o 1857/2006, el régimen de ayudas abarca un importe máximo de 8,09 millones de EUR en el periodo 2008-2013. Los gastos de conformidad con el Reglamento se efectuarán para lograr los siguientes ob- A: Impulso de sostenibilidad al sector agrícola en el periodo 2008-2013: un máximo de 3,91 millones EUR

Aumento de la capacidad de producción de la agricultura ecológica e intercambio de conocimientos entre la agricultura ecológica y la convencional en el periodo 2008-2011: un máximo de 0,68 millones EUR

- C: Mejora de la calidad del aire en los alrededores de las explotaciones agrícolas en el periodo 2008-2011: un máximo de 3,50 millones EUR.

Los gastos (máximos) anuales en virtud del régimen de ayuda son los siguientes:

2008: 1,43 millones de EUR

2009: 1,70 millones de EUR

2010: 2,51 millones de EUR

2011: 2,31 millones de EUR

2012: 0,06 millones de EUR

2013: 0,08 millones de EUR

Intensidad máxima de la ayuda: El régimen de subvenciones Subsidieregeling Duurzame Landbouw in Noord-Brabant se ha creado para lograr los objetivos recogidos en las letras A a C establecidos de conformidad con el Reglamento (CE) n o 1857/2006. Por lo que respecta a las inversiones en explotaciones agrícolas (artículo 4), la intensidad máxima de la ayuda es de un 40 %. A ayudas iniciales para la constitución de agrupaciones o asociaciones de productores (artículo 9) se dedica un máximo de 400 000 EUR. Para ayudas al fomento de la producción de productos agrícolas de calidad (artículo 14) y asistencia técnica al sector agrario (artículo 15), un máximo del 100 % de los gastos subvencionables.

Fecha de aplicación: El 1 de julio de 2008, tras la publicación por parte de la Comisión de la información resumida

Duración del régimen o de la ayuda individual: El régimen de subvenciones estará vigente en cualquier caso durante el periodo de gestión actual hasta el 1 de enero de 2012 y, con respecto al objetivo A, hasta el 1 de enero de 2014.

Objetivo de la ayuda:

Las actividades que pueden recibir ayuda son las siguientes:

- Inversiones de las explotaciones agrícolas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 hasta un máximo del 40 % de los gastos subvencionables. La ayuda se puede prestar para la reducción de los costes de producción [apartado 3, letra a)], para la mejora y la reorientación de la producción [apartado 3, letra b)], para la mejora de la calidad [apartado 3, letra c)] y para la preservación y mejora del

ES Diario Oficial de la Unión Europea 5.6.2009

entorno natural, o la mejora de las condiciones de higiene o bienestar animal [apartado 3, letra d)]. Los gastos subvencionables son los correspondientes a la construcción, adquisición o mejora de inmuebles [apartado 4, letra a)], la compra o arrendamiento con opción de compra de maquinaria y equipo [apartado 4, letra b)] y los gastos generales relacionados con los costes arriba mencionados [apartado 4, letra c)]. Los gastos de inversión correspondientes a purificadores de aire reciben una ayuda máxima de un 35 %. La ayuda no se presta a empresas en dificultades. Tampoco es contraria a las organizaciones de mercados. No se concede por empresa más de 400 000 EUR durante un periodo de tres ejercicios fiscales. Se cumplen las condiciones del Reglamento (CE)

1857/2006, concretamente las del artículo 4, apartados

2 a 10.

Agrupaciones o asociaciones de productores de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9. La ayuda inicial puede prestarse por un máximo de 400 000 EUR Se cumplen las condiciones del Reglamento (CE) n o 1857/2006, concretamente las del artículo 9, apartados 2 a 6.

Fomento de la producción de productos agrícolas de calidad, según lo dispuesto en el artículo 14. Se puede prestar ayuda hasta un máximo de 100 % de los gastos subvencionables. cumplen las condiciones del Reglamento (CE) 1857/2006, concretamente...

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