Decisión (UE) 2015/2101 del Banco Central Europeo, de 5 de noviembre de 2015, por la que se modifica la Decisión (UE) 2015/774 sobre un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios (BCE/2015/33)

Enforcement date:November 10, 2015
SectionDecision
Issuing OrganizationBanco Central Europeo

20.11.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 303/106

EL CONSEJO DE GOBIERNO DEL BANCO CENTRAL EUROPEO,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y, en particular, su artículo 127, apartado 2, primer guion,

Vistos los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales y del Banco Central Europeo y, en particular, su artículo 12.1, segundo párrafo, en relación con su artículo 3.1, primer guion, así como su artículo 18.1,

Considerando lo siguiente:

(1) El 4 de marzo de 2015, el Consejo de Gobierno adoptó la Decisión (UE) 2015/774 del Banco Central Europeo (BCE/2015/10) (1) por la que estableció un programa de compras de valores públicos en mercados secundarios (en lo sucesivo, «el PSPP»). En virtud del artículo 5, apartado 1, de la Decisión (UE) 2015/774 (BCE/2015/10), las compras de los instrumentos de renta fija negociables que cumplan los criterios establecidos están sujetas a un límite inicial de cuota de emisión por número internacional de identificación de valores (código ISIN) del 25 %, el cual debía revisar el Consejo de Gobierno transcurridos los seis primeros meses de ejecución del PSPP.

(2) El 3 de septiembre de 2015, el Consejo de Gobierno decidió en principio incrementar el límite de cuota de emisión por código ISIN del PSPP del 25 % al 33 %, siempre que se verificase en cada caso que la tenencia de un 33 % por código ISIN no llevara a los bancos centrales del Eurosistema a alcanzar minorías de bloqueo en reestructuraciones ordenadas de deuda.

(3) El incremento previsto del límite de cuota de emisión del PSPP pretende facilitar la plena ejecución del programa, fomentando al mismo tiempo el buen funcionamiento de los mercados de los instrumentos de renta fija negociables que cumplan los criterios establecidos, y evitando que se obstaculicen las reestructuraciones ordenadas de deuda.

(4) Por consiguiente, es preciso modificar la Decisión (UE) 2015/774 (BCE/2015/10).

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

En el artículo 5 de la Decisión (UE) 2015/774 (BCE/2015/10), el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

1. Con sujeción a lo dispuesto en el artículo 3, se aplicará en el PSPP un límite de cuota de emisión por número internacional de identificación de valores (código ISIN) a los instrumentos de renta fija negociables que cumplan los criterios establecidos en dicho artículo...

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