Decisión (PESC) 2016/35 del Consejo, de 14 de enero de 2016, por la que se modifica la Decisión 2010/413/PESC relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán

SectionDecision
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

15.1.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 10/15

EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, su artículo 29,

Vista la propuesta de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad,

Considerando lo siguiente:

(1) El 26 de julio de 2010, el Consejo adoptó la Decisión 2010/413/PESC (1) relativa a la adopción de medidas restrictivas contra Irán.

(2) El 24 de noviembre de 2013, China, Francia, Alemania, la Federación de Rusia, el Reino Unido y los Estados Unidos, con el respaldo de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, llegaron a un acuerdo con Irán en relación con un Plan de Acción común en el que se establece un planteamiento para el logro de una solución global a largo plazo a la cuestión nuclear iraní. Se acordó que el proceso hacia esa solución global incluiría, como primera etapa, unas medidas iniciales acordadas mutuamente, que deberían adoptar ambas partes durante seis meses y serían prorrogables por consentimiento mutuo.

(3) El 14 de julio de 2015, China, Francia, Alemania, la Federación de Rusia, el Reino Unido y los Estados Unidos, con el respaldo de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, llegaron a un acuerdo sobre una solución global a largo plazo a la cuestión nuclear iraní. La aplicación exitosa del Plan de Acción global común (PAGC) garantizará la naturaleza exclusivamente pacífica del programa nuclear iraní y permitirá el levantamiento general de todas las sanciones en materia nuclear.

(4) El 14 de julio de 2015, China, Francia, Alemania, la Federación de Rusia, el Reino Unido y los Estados Unidos, con el respaldo de la Alta Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, acordaron junto con Irán prorrogar la aplicación de las medidas del Plan de Acción común, a fin de que se pudieran tomar las disposiciones y realizar los preparativos necesarios para la aplicación del Plan de Acción global común.

(5) El 14 de julio de 2015, mediante la Decisión (PESC) 2015/1148 (2), el Consejo decidió prorrogar la aplicación de las medidas del PAGC hasta el 14 de enero de 2016.

(6) A fin de proporcionar tiempo para que se puedan tomar las disposiciones y realizar los preparativos necesarios para la aplicación del PAGC procede, prorrogar hasta el 28 de enero de 2016 la suspensión de las medidas restrictivas de la Unión especificadas en el Plan...

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