Resolución del Parlamento Europeo, de 13 de marzo de 2013, sobre las orientaciones generales para la preparación del presupuesto 2014, Sección III — Comisión (2013/2010(BUD))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

29.1.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 36/51

El Parlamento Europeo,

— Vistos los artículos 312, 313 y 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

— Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (AI) (1),

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2),

— Vista su Resolución, de 12 de diciembre de 2012, sobre el nuevo proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2013 (3),

— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2013 (4), así como las tres declaraciones conjuntas adoptadas por el Parlamento, el Consejo y la Comisión,

— Visto el título II, capítulo 7, de su Reglamento,

— Vistas las conclusiones del Consejo de 29 de junio de 2012 y de 19 de octubre de 2012 sobre el Pacto por el Crecimiento y el Empleo;

— Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A7-0043/2013),

A. Considerando que el Tratado de Lisboa confiere a la Unión Europea nuevas e importantes prerrogativas en materias como la acción exterior, el deporte, el espacio, el cambio climático, la energía, el turismo y la protección civil;

B. Considerando que, de conformidad con el artículo 312 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, el marco financiero plurianual está consagrado en el Tratado y será acordado en forma de reglamento del Consejo y adoptado por el Consejo por unanimidad, previa aprobación del Parlamento, que se pronunciará por mayoría de los miembros que lo componen;

C. Considerando que el actual marco financiero plurianual vence a finales de 2013 y que 2014 debería ser el primer año en que se aplique el próximo marco financiero plurianual;

D. Considerando que 2013 será el primer año en que se aplique el nuevo Reglamento sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión;

1. Toma nota de las conclusiones del Consejo Europeo de 8 de febrero de 2013 sobre el próximo Marco Financiero Plurianual (MFP); insiste en que, si el Parlamento Europeo no ha dado todavía su consentimiento al nuevo Reglamento del MFP, la Comisión Europea debe, en un primer momento, elaborar el Proyecto de presupuesto 2014 sobre sus propias propuestas para el MFP 2014-2020, y si después no se llega a un acuerdo sobre un nuevo MFP, deberá ajustar su propuesta de conformidad con el artículo 312, apartado 4, del Tratado y el artículo 30 del actual Acuerdo interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera;

2. Recuerda que, en caso de que para finales de este año no se haya alcanzado un acuerdo sobre un reglamento para el próximo MFP, serán de aplicación hasta la adopción del nuevo reglamento sobre el MFP el artículo 312, apartado 2, según el cual el marco financiero plurianual es adoptado por el Consejo previa aprobación del Parlamento Europeo, el artículo 312, apartado 4, que prevé la prórroga de los límites máximos del último año del actual MFP en caso de que no se llegue a un acuerdo sobre el próximo MFP a su debido tiempo, y el artículo 30 del actual Acuerdo Interinstitucional sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera, lo que significa una prórroga de los límites máximos de 2013, ajustados con un deflactor fijo del 2 % anual; reitera, en este caso, su disposición a alcanzar rápidamente un acuerdo con el Consejo y la Comisión para garantizar que existan bases jurídicas en vigor para la aplicación de los programas y las políticas de la UE para 2014;

3. Reconoce la dificultad a la hora de definir las directrices generales sobre el presupuesto 2014 mientras exista una gran incertidumbre en cuanto al nivel del límite de compromiso para 2014; subraya que podría variar desde los 142 539 millones de euros a precios de 2014 —si el MFP para el periodo 2014-2020 se acordara sobre la base de las Conclusiones del Consejo Europeo de 7 y 8 de febrero de 2013— hasta los 155 500 millones de euros a precios de 2014 en caso de prórroga del límite de 2013;

4. Constata que la crisis económica y financiera ha generado un consenso entre los líderes políticos europeos a favor de una mayor integración económica, fiscal, financiera y bancaria, así como de una mejor gobernanza, y que ha mostrado la necesidad de estimular el crecimiento a fin de restablecer las finanzas públicas; subraya que un presupuesto europeo reducido entraría en contradicción con...

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