Resolución del Parlamento Europeo, de 22 de octubre de 2014, sobre la Posición del Consejo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo n° 2/2014 de la Unión Europea para el ejercicio 2014, sección III — Comisión (12300/2014 — C8-0160/2014 — 2014/2035(BUD))

SectionResolution
Issuing OrganizationParlamento Europeo

27.7.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 274/48

El Parlamento Europeo,

— Vistos el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

— Visto el artículo 106 bis del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica,

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 966/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (1) (el «Reglamento Financiero»), y en particular su artículo 41,

— Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2014, aprobado definitivamente el 20 de noviembre de 2013 (2),

— Visto el Reglamento (UE, Euratom) no 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (3),

— Visto el Acuerdo Interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera (4),

— Vista la Decisión 2007/436/CE, Euratom del Consejo, de 7 de junio de 2007, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (5),

— Visto el proyecto de presupuesto rectificativo no 2/2014 aprobado por la Comisión el 15 de abril de 2014 (COM(2014)0234),

— Vista la Posición sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 2/2014 aprobada por el Consejo el 14 de julio de 2014 y transmitida al Parlamento Europeo el 12 de septiembre de 2014 (12300/2014 — C8-0160/2014),

— Visto el artículo 88 de su Reglamento,

— Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A8-0018/2014),

A. Considerando que el proyecto de presupuesto rectificativo no 2/2014 tiene por objeto consignar en el presupuesto para el ejercicio 2014 el excedente del ejercicio 2013, que asciende a 1 005 millones EUR;

B. Considerando que los componentes principales de este excedente son un resultado positivo de 771 millones EUR de ingresos, unos gastos que se sitúan en 276 millones EUR por debajo de lo previsto, y un diferencial de tipo de cambio, negativo, de 42 millones EUR;

C. Considerando que, por lo que se refiere a los ingresos, el aumento procede principalmente de multas e intereses de demora (1 331 millones EUR), mientras que el importe correspondiente a los recursos propios realmente recaudados en comparación con los presupuestados está disminuyendo...

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