Comunicación del Gobierno de la República de Polonia relativa a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

SectionNotificación
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

8.10.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 370/3

1. El artículo 49h, apartado 2, de la ley geológica y minera [Diario Oficial (Dziennik Ustaw) de 2015, acto 196, en su versión modificada].

2. El Reglamento del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2015 relativo a la presentación de ofertas para la obtención de concesiones para la prospección y explotación de yacimientos de hidrocarburos, así como la extracción de hidrocarburos, y de concesiones para la extracción de hidrocarburos (Diario Oficial Dz. U. de 2015, acto 1171).

3. La Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (DO L 164 de 30.6.1994, p. 3, edición especial en polaco: capítulo 6, volumen 2, p. 262).

Denominación: Ministerstwo Środowiska (Ministerio de Medio Ambiente) Dirección postal: ul. Wawelska 52/54, 00-922 Warsaw, Poland Tel.+48 223692449, +48 223692447; Fax +48 223692460 Sitio web: www.mos.gov.pl

Concesión de prospección y exploración de yacimientos de petróleo y gas natural, así como de extracción de petróleo y de gas natural en la zona de «Wolin», bloques en concesión n.o 61, 62, 81 y 82.

Los límites de la zona cubierta por la licitación están definidos por las líneas que unen los puntos con las coordenadas siguientes en el sistema de coordenadas PL-1992:

Punto n.o X [PL-1992] Y [PL-1992] 1 691 055,170 219 674,190 2 689 227,432 218 860,552 3 689 623,617 217 553,473 4 689 290,526 217 087,737 5 688 166,794 217 687,450 6 687 793,892 218 222,396 7 670 114,550 210 352,240 8 671 385,380 187 654,319 entre los puntos 8 y 9, los límites corresponden a la frontera estatal 9 692 809,520 188 037,310

Los límites de la zona cubierta por la presente licitación están definidos por las líneas que unen los puntos con las coordenadas siguientes en el sistema de coordenadas PL-1992:

Punto n.o X [PL-1992] Y [PL-1992] 1 683 138,110 200 422,060 2 681 684,100 200 077,420 3 680 280,860 198 531,930 4 680 274,370 198 132,300 5 679 655,670 195 452,370 6 679 964,720 193 611,060 7 681 966,100 193 765,850 entre los puntos 7 y 8, los límites corresponden a la línea de costa del Mar Báltico 8 682 371,790 198 051,360 9 682 483,243 198 010,585 10 683 105,563 199 658,967 11 683 020,100 199 686,937 12 683 002,942 199 691,398 entre los puntos 12 y 13, los límites corresponden a la línea de costa del Mar Báltico 13 683 210,446 200 143,119

La superficie de la proyección vertical de la zona cubierta por la licitación, habida cuenta del terreno excluido, es de 593,01 km2.

La zona cubierta por la licitación está situada en los distritos y municipios siguientes de la provincia de Pomerania Occidental:

la ciudad con estatuto de distrito de: Świnoujście (23,80 % de la superficie total);

distrito de Kamień: los municipios de Międzyzdroje (15,19 %), Wolin (28,47 %), Dziwnów (1,15 %)

y en la zona adyacente al mar territorial (31,39 %).

El objetivo de los trabajos previstos en las formaciones del Jurásico y del Pérmico es documentar los yacimientos de petróleo y gas natural en la zona descrita anteriormente y extraer el petróleo y el gas natural.

Las ofertas deberán llegar a la sede del Ministerio de Medio Ambiente a más tardar a las 16 h (CET/CEST) en un plazo de 91 días a partir del día siguiente a de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Podrán presentar ofertas las entidades que hayan superado el procedimiento de cualificación de conformidad con el artículo 49a, apartado 16, puntos 1 y 2, de la Ley de Geología y Minería, independientemente o en calidad de explotadora si varias entidades solicitan la concesión conjuntamente.

Las ofertas recibidas serán evaluadas por el comité de evaluación de ofertas atendiendo a los criterios siguientes:

30 % — capacidades financieras que ofrezcan una garantía suficiente en cuanto a la realización de las actividades relativas, respectivamente, a la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos y a la extracción de hidrocarburos y, en particular, las fuentes y modalidades de financiación de las actividades previstas, incluida la parte de fondos propios y de financiación procedente de terceros; 25 % — capacidades técnicas para la realización de las actividades relativas, respectivamente, a la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos y a la extracción de hidrocarburos y, en particular, la disponibilidad del potencial técnico, organizativo, logístico y de recursos humanos; 20 % — ámbito y calendario de los trabajos geológicos propuestos, incluidas las operaciones geológicas o mineras propuestas; 10 % — experiencia adquirida en la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos o en la extracción de hidrocarburos, que garantice la seguridad de las actividades, la protección de la vida y la salud humanas y animales y la protección del medio ambiente; 10 % — tecnología propuesta para la realización de los trabajos geológicos, incluidas las operaciones geológicas o mineras utilizando elementos innovadores desarrollados para este proyecto; 5 % — ámbito y calendario de la toma obligatoria de muestras obtenidas durante las operaciones geológicas, en particular la extracción de testigos.

Si, tras la evaluación de las ofertas sobre la base de los criterios especificados anteriormente, dos o más ofertas obtienen la misma nota, la cuantía del canon por usufructo minero debido durante la fase de prospección y exploración se utilizará como criterio adicional para efectuar la selección definitiva entre las ofertas afectadas.

Datos sobre la concesión Nombre de la zona: Wolin Localización en el mar y en tierra; bloques en concesión n.o 61, 62, 81 y 82; Tipo de yacimiento Yacimientos convencionales de petróleo y gas natural Niveles estructurales Cenozoico Permo-mesozoico Paleozoico Sistemas petrolíferos I — Paleozoico superior (Carbonífero + Rotliegend) II — Zechstein (Dolomita principal)

I — sedimentos del Carbonífero superior II — formaciones del Dolomita principal

I — arenisca, argilitas y conglomerados de Rotliegend II — formaciones del Dolomita principal

I — evaporitas del Zechstein, localmente sedimentos arcillosos de Rotliegend II — formaciones del Dolomita principal, evaporitas del Zechstein

I — de 2 700 m en la parte Este a 2 900 -3 100 m en las demás partes II — de 2 400 m en la parte Este a 2 750 -2 850 m en las demás partes

I — maciza II — estructural

Las actividades objeto de la concesión se iniciarán en el plazo de 14 días desde la fecha de la decisión de adjudicación definitiva de la concesión.

El adjudicatario estará obligado a constituir una garantía para cubrir el incumplimiento o el cumplimiento parcial de las condiciones establecidas en la concesión y a financiar la clausura de la mina en caso de caducidad, retirada o derogación de la concesión. Esta garantía deberá constituirse para el período entre la fecha de...

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