Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre el tema «La iniciativa ciudadana europea (revisión)» (Dictamen de iniciativa)

SectionDictamen de propia iniciativa

21.10.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 389/35

Ponente: Antonio LONGO

El 21 de enero de 2016, de conformidad con el artículo 29, apartado 2, de su Reglamento interno, el Comité Económico y Social Europeo decidió elaborar un dictamen de iniciativa sobre el tema:

Iniciativa Ciudadana Europea (revisión).

(Dictamen de Iniciativa)

El subcomité encargado de preparar los trabajos en este asunto aprobó su dictamen el 17 de mayo de 2016.

En su 518.o pleno, celebrado los días 13 y 14 de julio de 2016 (sesión del 13 de julio de 2016), el Comité Económico y Social Europeo aprobó por 107 votos a favor, 1 en contra y 1 abstención el presente dictamen.

1.1. El Comité Económico y Social Europeo (CESE), cuatro años después de la entrada en vigor del Reglamento sobre la Iniciativa Ciudadana Europea (ICE), pone de relieve el papel central de los ciudadanos en el proyecto europeo y la capacidad de este instrumento para ayudar a reducir el déficit democrático mediante el apoyo a la ciudadanía activa y la democracia participativa.

1.2. El Comité, a la vez que respalda las posiciones ya adoptadas por el Parlamento Europeo, el Comité de las Regiones y el Defensor del Pueblo Europeo, señala que la iniciativa ciudadana europea no ha ofrecido todo su potencial debido a un Reglamento que debe revisarse.

1.3. De hecho, el CESE ha detectado problemas significativos de carácter técnico, jurídico y burocrático, así como un exceso evidente de competencias para la Comisión Europea, que impiden una plena difusión, aplicación y seguimiento, en caso de iniciativas que prosperen.

1.4. El Comité, con vistas a la revisión del Reglamento, propone las siguientes medidas:

1.4.1. Permitir a los comités de ciudadanos que inicien la recogida de declaraciones de apoyo en la fecha que decidan.

1.4.2. Dotar de reconocimiento jurídico a los comités de ciudadanos, a fin de limitar la responsabilidad penal de los organizadores al dolo o imprudencia grave, en consonancia con el modelo de la Directiva 2008/99/CE relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal.

1.4.3. Crear una ventanilla única, tanto física como en línea, donde los ciudadanos puedan obtener información y orientación para presentar iniciativas.

1.4.4. Examinar las propuestas destinadas a reducir la edad mínima para apoyar una ICE y participar en ella, conforme a lo solicitado por el Parlamento y el Comité de las Regiones.

1.4.5. Resolver el evidente conflicto de intereses dentro de la Comisión separando las funciones de «guía institucional» y «juez». El CESE, que reitera su voluntad de proseguir su participación en las iniciativas ya emprendidas, puede ser un candidato natural para desempeñar la función de facilitador y guía institucional.

1.4.6. Garantizar un seguimiento adecuado de las iniciativas que prosperen, solicitando a la Comisión que elabore una propuesta legislativa en un plazo de doce meses a partir del final de la campaña o una motivación más adecuada de la decisión de no presentar ninguna propuesta. En caso de que no haya propuesta, el CESE defiende que el Parlamento Europeo pueda presionar a la Comisión con arreglo al artículo 225 del TFUE.

1.5. El CESE hace hincapié en que algunos problemas no requieren una revisión del Reglamento y, por consiguiente, deberían abordarse con rapidez a fin de no disuadir a potenciales organizadores de iniciativas. A fin de que este instrumento sea más eficaz y fácil de utilizar, el Comité propone que se apliquen las siguientes iniciativas:

1.5.1. La Comisión, con el fin de hacer más transparente el proceso de registro, debe adoptar procedimientos claros y sencillos y facilitar respuestas detalladas y soluciones posibles cuando se considere que las iniciativas no son admisibles, de modo que los comités puedan modificarlas y presentarlas de nuevo.

1.5.2. La Comisión debe proseguir las negociaciones con los Estados miembros para simplificar, reducir y uniformar el sistema de normas nacionales para la recogida de datos. En concreto, se propone limitar las solicitudes de documentos de identificación personal y permitir que todos los ciudadanos puedan firmar las iniciativas de sus países de residencia.

1.5.3. Establecer de forma permanente el programa informático gratuito para la recogida de declaraciones de apoyo (OCS, en inglés) (1) con el fin de simplificar la recogida y la catalogación de las declaraciones de apoyo, así como su verificación por las autoridades nacionales. Asimismo, este instrumento debe ser accesible para las personas con discapacidad.

1.6. El Comité, en una perspectiva más general de difusión y arraigo de la ICE, recomienda:

1.6.1. Reforzar la información y la sensibilización de los ciudadanos sobre el instrumento de la ICE con campañas específicas, permitiendo a los comités de ciudadanos que informen a los firmantes sobre los resultados obtenidos y, sobre todo, mediante un mayor compromiso de la Comisión para divulgar el seguimiento de las iniciativas que prosperen.

1.6.2. Garantizar el multilingüismo y explorar nuevas maneras de vincular el sistema de recogida de firmas en línea y los medios sociales y digitales a fin de llegar a un público cada vez más amplio.

1.6.3. Permitir, en principio, que todos los ciudadanos de la UE puedan ser organizadores de una ICE, ofreciendo la posibilidad de apoyar los gastos esenciales de una campaña una vez que haya sido registrada formalmente.

1.7. El CESE propone crear un foro institucional sobre la participación de los ciudadanos europeos, que se convierta en un punto permanente de discusión y debate dentro del Comité, siguiendo el modelo del Foro Europeo de la Migración, y valorice los avances ya realizados con el Día de la iniciativa ciudadana europea. El tema podría ser objeto de una propuesta más detallada y específica por parte del Comité que se trataría en un dictamen de iniciativa ad hoc.

2.1. El derecho de la iniciativa ciudadana europea se estableció en el Tratado de Lisboa (2) como un instrumento innovador de democracia participativa transnacional. Se autoriza a un millón de ciudadanos de la UE, de al menos siete Estados miembros, a pedir a la Comisión Europea que proponga un texto legislativo sobre asuntos de competencia de la UE. De esta forma, se quiere lograr que los ciudadanos participen activamente en el proceso europeo de toma de decisiones, proporcionándoles una forma indirecta del derecho de iniciativa legislativa.

2.2. Las normas y procedimientos por los que se rige la ICE se establecieron en un Reglamento de la UE que se aprobó el 16 de febrero de 2011 y entró en vigor el 1 de abril de 2012 (3).

2.3. Una ICE puede ser organizada o firmada por todos los ciudadanos europeos que hayan cumplido la edad que les permita ejercer el derecho de voto en las elecciones al Parlamento Europeo (4). Las organizaciones no pueden plantear iniciativas, pero sí pueden promoverlas o apoyarlas, siempre que lo hagan con total transparencia.

2.4. El procedimiento previsto para una ICE puede resumirse en tres etapas:

2.4.1. La fase de puesta en marcha prevé la constitución de un «comité de ciudadanos» (5), el registro formal de la iniciativa (6) sujeto a la evaluación de la admisibilidad por la Comisión (7) y la certificación del sistema de recogida de firmas en línea (8).

2.4.2. En la fase de recogida, debe conseguirse un millón de «declaraciones de apoyo» (firmas) en un período máximo de doce meses procedentes de, como mínimo, siete Estados miembros de la UE (9). Este resultado debe ser certificado por las autoridades nacionales competentes (10).

2.4.3. En la fase de presentación, la iniciativa será examinada por la Comisión, tras reunirse con los organizadores y celebrar una audiencia pública en el Parlamento Europeo. La Comisión dispondrá de un plazo de tres meses para responder con una comunicación ad hoc y decidir si acepta la propuesta y pone en marcha el procedimiento legislativo.

3.1. Hasta la fecha, más de seis millones de ciudadanos europeos han firmado una ICE. Aunque se han presentado 56 iniciativas...

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