Comunicación de la Comisión — Directrices comunitarias para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha (1)

SectionInformaciones

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 235/7

Comunicación de la Comisión

Directrices comunitarias para la aplicación de las normas sobre ayudas estatales al despliegue rápido de redes de banda ancha

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2009/C 235/04)

  1. INTRODUCCIÓN

  2. La conectividad en banda ancha es un componente clave para el desarrollo, adopción y utilización de tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en la economía y en la sociedad. La banda ancha reviste importancia estratégica dada su capacidad de acelerar la contribución de estas tecnologías al crecimiento y la innovación en todos los sectores de la economía y a la cohesión social y territorial. La Comisión apoya activamente la disponibilidad generalizada de servicios de banda ancha para todos los ciudadanos europeos, tal como se establece en la Estrategia de Lisboa y en Comunicaciones posteriores ( 1 ).

  3. El 26 de noviembre de 2008 la Comisión adoptó un Plan Europeo de Recuperación Económica ( 2 ) (en lo sucesivo, «Plan de recuperación») como un medio de encauzar la salida de Europa de la crisis económica y financiera. La estrategia de banda ancha es una parte importante del Plan de Recuperación ( 3 ). En particular, el objetivo del Plan es impulsar la inversión de la UE en sectores estratégicos definidos, tales como la banda ancha, que puedan contribuir a apoyar a la economía a corto plazo y crear a largo plazo infraestructuras esenciales para el crecimiento económico sostenible.

  4. Como parte del Plan de Recuperación y con objeto de lograr la cobertura al 100 % de Internet de alta velocidad para todos los ciudadanos antes de 2010, la Comisión decidió aportar 1 020 millones de euros al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader). Una parte de esta cantidad se utilizará para desplegar infraestructuras de banda ancha en zonas rurales con el fin de ayudar a conectar dichas zonas, crear nuevos empleos y contribuir al crecimiento del sector ( 4 ). Además, una serie de Estados miembros ya ha anunciado planes para apoyar la inversión, no sólo de infraestructuras de banda ancha de alta velocidad en zonas rurales e insuficientemente cubiertas, sino también para acelerar el despliegue de redes de acceso de nueva generación («NGA») ( 5 ) de muy alta velocidad en grandes zonas de su territorio, incluidas zonas urbanas o zonas ya cubiertas por infraestructura de banda ancha básica.

  5. Cabe recordar que en el «Plan de acción de ayudas estatales - Menos ayudas estatales con unos objetivos mejor definidos: programa de trabajo para la reforma de las ayudas estatales 2005-2009» ( 6 ),

    la Comisión señaló que, en determinadas condiciones, las medidas de ayuda estatal pueden ser instrumentos eficaces para alcanzar objetivos de interés común. En concreto, pueden corregir deficiencias del mercado, mejorando así el funcionamiento de los mercados e incrementando la competitividad. Además, cuando los mercados ofrecen resultados eficientes pero que no se consideran satisfactorios desde el punto de vista de la política de cohesión, pueden utilizarse las ayudas estatales para conseguir un resultado más equitativo y conveniente. En particular, una intervención estatal selectiva en el ámbito de la banda ancha puede contribuir a reducir la «brecha digital» ( 7 ) que se abre entre las zonas o regiones de un país en las que se dispone de servicios de banda ancha asequibles y competitivos y las zonas que carecen de dichos servicios.

    ( 1 ) Véase por ejemplo «i2010 - Una sociedad de la información europea para el crecimiento y el empleo»,

    COM(2005) 229 final, de 1 de junio de 2005; «eEurope 2005: Una sociedad de la información para todos» COM(2002) 263 final; «Superar los desequilibrios en la banda ancha», COM(2006) 129. ( 2 ) Comunicación de la Comisión al Consejo Europeo, COM(2008) 800. ( 3 ) Consejo Europeo de Bruselas de 19-20 de marzo de 2009, Conclusiones de la Presidencia. ( 4 ) Véase el Reglamento (CE) n o 473/2009 del Consejo, de 25.5.2009, que modifica el Reglamento (CE) n o 1698/2005 relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) y el Reglamento (CE) n o 1290/2005 sobre la financiación de la política agrícola común (DO L 144 de 9.6.2009, p. 3).

    ( 5 ) A los efectos del presente documento, las redes NGA son redes de acceso cableadas que consisten total o parcialmente en elementos ópticos y pueden prestar servicios de acceso de banda ancha con características mejoradas (por ejemplo, mayor volumen) en comparación con los servicios prestados a través de las redes de cobre existentes (véase también la nota a pie de página 60).

    ( 6 ) COM(2005) 107 final. ( 7 ) Durante la pasada década, las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) se han hecho accesibles y asequibles al público general. El término «brecha digital» se utiliza generalmente para definir el desequilibrio entre aquellas personas y comunidades que tienen acceso a las tecnologías de la información y las que no lo tienen. Aunque son varias las razones de esta «brecha digital», la más importante es la falta de infraestructuras adecuadas de banda ancha. Considerando la dimensión regional, el grado de urbanización es un factor importante en el acceso y utilización de las TIC. La penetración de Internet sigue siendo, por tanto, muy inferior en las zonas escasamente pobladas de toda la Unión Europea.

    ES Diario Oficial de la Unión Europea 30.9.2009

  6. Al mismo tiempo, hay que garantizar que las ayudas estatales no desplacen la iniciativa de mercado en el sector de la banda ancha. Si las ayudas estatales a la banda ancha se utilizaran en zonas en las que los operadores de mercado normalmente decidirían invertir, o ya han invertido, esto podría afectar a las inversiones ya realizadas por los operadores en términos de mercado y socavar significativamente los incentivos de los operadores de mercado para invertir en absoluto en banda ancha. En tales casos, las ayudas estatales a la banda ancha podrían ser contraproducentes para el objetivo perseguido. El objetivo principal del control de las ayudas estatales en el ámbito de la banda ancha es garantizar que las medidas de ayuda estatal se traducirán en un nivel superior de cobertura y penetración de la banda ancha, o con mayor rapidez, que de no haber existido la ayuda, y garantizar que sus efectos positivos superen a los negativos en cuanto a falseamiento de la competencia.

  7. Cabe recordar que el marco regulador de las comunicaciones electrónicas aborda también cuestiones relativas al acceso a la banda ancha ( 8

    ). Así, los mercados mayoristas de banda ancha actualmente están sujetos a regulación ex ante en todos los Estados miembros. A este respecto, la Comisión ( 9 ) y las autoridades nacionales ( 10 ) ya han tomado una serie de iniciativas encaminadas a hacer frente a los nuevos retos que plantean las redes NGA desde un punto de vista regulador, en especial por lo que se refiere a las cuestiones de acceso.

  8. Las presentes Directrices resumen la política de la Comisión en cuanto a la aplicación de las normas del Tratado sobre ayudas estatales a las medidas que apoyan el despliegue de redes de banda ancha tradicional (sección 2) y tratan también una serie de cuestiones relativas a la evaluación de las medidas destinadas a fomentar y apoyar el despliegue rápido de redes NGA (sección 3).

  9. La Comisión aplicará las Directrices expuestas en la presente Comunicación al evaluar las ayudas estatales a la banda ancha, incrementando así la seguridad jurídica y la transparencia de su práctica decisoria.

  10. POLÍTICA DE LA COMISIÓN SOBRE AYUDAS ESTATALES PARA PROYECTOS DE BANDA ANCHA

    2.1. Aplicación de las normas sobre ayudas estatales

  11. La Comisión es extremadamente favorable a las medidas de ayuda para el despliegue de banda ancha en zonas rurales e insuficientemente cubiertas pero es más crítica con las medidas de ayuda en zonas en las que ya existe infraestructura de banda ancha y hay competencia. Cuando la intervención estatal de ayuda al despliegue de la banda ancha reunía las condiciones de las ayudas estatales conforme al artículo 87, apartado 1, hasta la fecha la Comisión ha evaluado su compatibilidad con arreglo al artículo 87, apartado 3. La política de ayudas estatales de la Comisión hacia las medidas estatales de ayuda al despliegue de banda ancha se resume en las secciones 2.2 y 2.3.

    2.2. Artículo 87, apartado 1: existencia de ayuda

  12. Con arreglo al artículo 87, apartado 1, del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, «serán incompatibles con el mercado común, en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas por los Estados miembros o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones». De lo que se deduce que, para que una medida sea considerada ayuda estatal, deben reunirse las siguientes condiciones acumulativas:

    1. la medida debe concederse con fondos estatales;

    2. debe otorgar una ventaja económica a las empresas;

      ( 8 ) Véase la Directiva 2002/21/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a un marco regulador común de las redes y los servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva marco) (DO L 108 de 24.4.2002, p. 33), Directiva 2002/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa a la autorización de redes y servicios de comunicaciones electrónicas (Directiva autorización) (DO L 108 de 24.4.2002, p. 21) y Directiva 2002/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de marzo de 2002, relativa al acceso a las redes de comunicaciones electrónicas y recursos asociados, y a su interconexión (Directiva acceso) (DO L 108 de 24.4.2002, p. 7). ( 9 ) Véase el proyecto de recomendación de la Comisión sobre acceso regulado a redes de acceso de nueva generación

      (Commission draft Recommendation on regulated access to Next Generation Access Networks (NGA), en...

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