Asunto C-395/09: Petición de decisión prejudicial planteada por el Naczelny Sąd Administracyjny (República de Polonia) el 13 de octubre de 2009 — Oasis East sp. z o.o./Minister Finansów

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 312/21

luz de las reglas contenidas en la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico, ¿debe interpretarse que la letra b) del apartado 2 del artículo 2 de dicha Directiva prohíbe a los Estados miembros discriminar indirectamente a los individuos por razón de su origen étnico en caso de que la normativa nacional disponga que los nombres y apellidos de personas de distinto origen o nacionalidad deben escribirse, en documentos acreditativos del estado civil, utilizando letras del alfabeto latino y sin hacer uso de marcas diacríticas, ligaduras u otras modificaciones del alfabeto latino que se emplean en varios idiomas?

A la luz del apartado 1 del artículo 18 CE, que dispone que todo ciudadano de la Unión tendrá derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, y a la luz del primer apartado del artículo 12 de dicho Tratado, que prohíbe la discriminación por razón de la nacionalidad, ¿debe interpretarse que dichas disposiciones prohíben a los Estados miembros establecer en la normativa nacional que los nombres y apellidos se escriban en los documentos acreditativos del estado civil utilizando sólo las letras del idioma nacional?

A la luz del apartado 1 del artículo 18 CE, que dispone que todo ciudadano de la Unión tendrá derecho a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, y a la luz del primer apartado del artículo 12 de dicho Tratado, que prohíbe la discriminación por razón de la nacionalidad, ¿debe interpretarse que dichas disposiciones prohíben a los Estados miembros establecer en la normativa nacional que los nombres y apellidos de personas de diferente origen o nacionalidad deben escribirse, en documentos acreditativos del estado civil, utilizando letras del alfabeto latino y sin hacer uso de marcas diacríticas, ligaduras u otras modificaciones del alfabeto latino que se emplean en varios

Partes en el procedimiento principal

Recurrente: Oasis East sp. z o.o.

Recurrida: Minister Finansów

Cuestión prejudicial

¿Permite el Derecho comunitario (en particular el artículo 17, apartado 6, de la Sexta Directiva 77/388/CEE del Consejo, ( 1

) de 17 de mayo de 1977, en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios - Sistema común del...

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