COMMISSION REGULATION (EC) No 3257/93 of 26 November 1993 amending and extending Regulation (EEC) No 2227/93 imposing quantitative restrictions on imports of unwrought aluminium originating in Armenia, Azerbaijan, Belarus, Georgia, Kazakhstan, Kyrgyzstan, Moldova, Russia, Tajikistan, Turkmenistan, Ukraine, Uzbekistan, Estonia, Latvia and Lithuania
Coming into Force | 01 December 1993,27 November 1993 |
End of Effective Date | 28 February 1994 |
Celex Number | 31993R3257 |
ELI | http://data.europa.eu/eli/reg/1993/3257/oj |
Published date | 27 November 1993 |
Date | 26 November 1993 |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 293, 27 November 1993 |
REGLAMENTO (CE) Nº 3257/93 DE LA COMISIÓN de 26 de noviembre de 1993 por el que se modifica y prorroga el Reglamento (CEE) nº 2227/93, por el que se someten a restricciones cuantitativas las importaciones de aluminio en bruto originario de Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Georgia, Kasajstán, Kirguizistán, Moldavia, Rusia, Tayikistán, Turkmenistán, Urbekistán, Ucrania, Estonia, Letonia y Lituania
Diario Oficial n° L 293 de 27/11/1993 p. 0040 - 0041
REGLAMENTO (CE) No 3257/93 DE LA COMISIÓN de 26 de noviembre de 1993 por el que se modifica y prorroga el Reglamento (CEE) no 2227/93, por el que se someten a restricciones cuantitativas las importaciones de aluminio en bruto originario de Armenia, Azerbaiyán, Bielorrusia, Georgia, Kasajstán, Kirguizistán, Moldavia, Rusia, Tayikistán, Turkmenistán, Urbekistán, Ucrania, Estonia, Letonia y Lituania
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,
Visto el Reglamento (CEE) no 1765/82 del Consejo, de 30 de junio de 1982, relativo al régimen común aplicable a las importaciones de países de comercio de Estado (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 848/92 (2), y, en particular, sus artículos 11 y 14,
Previa consulta en el seno del Comité creado por el Reglamento (CEE) no 1765/82,
Considerando que el 30 de noviembre de 1993 expirará el Reglamento (CEE) no 2227/93 de la Comisión (3) por el que someten a restricciones cuantitativas las importaciones de aluminio en bruto correspondientes a los códigos NC 7601 10 00 y 7601 20 10 originario de los países antes indicados;
Considerando que la Comisión adoptó tales medidas a efectos conservadores y que informó a los países terceros interesados de su intención de alcanzar una solución negociada del problema de las importaciones de aluminio en bruto en la Comunidad; que se están celebrando conversaciones con el principal país productor, Rusia; que, una vez se hayan reunido las condiciones necesarias, se iniciarán negociaciones también con los demás países terceros y, en particular, con Armenia, Azerbaiyán y Tayikistán;
Considerando, sin embargo, que existe el riesgo de que, en razón de su complejidad, esas negociaciones no den fruto antes del 30 de noviembre de 1993 y que, por consiguiente, los posibles acuerdos comunitarios con los países de que se trata no puedan entrar en vigor y tener...
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