2000/367/EC: Commission Decision of 3 May 2000 implementing Council Directive 89/106/EEC as regards the classification of the resistance to fire performance of construction products, construction works and parts thereof (notified under document number C(2000) 1001) (Text with EEA relevance)

Coming into Force06 June 2000
End of Effective Date31 December 9999
Celex Number32000D0367
ELIhttp://data.europa.eu/eli/dec/2000/367/oj
Published date06 June 2000
Date03 May 2000
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 133, 06 giugno 2000,Journal officiel des Communautés européennes, L 133, 06 juin 2000,Diario Oficial de las Comunidades Europeas, L 133, 06 de junio de 2000
EUR-Lex - 32000D0367 - ES

2000/367/CE: Decisión de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de resistencia al fuego de los productos de construcción, las obras de construcción y los elementos de los mismos [notificada con el número C(2000) 1001] (Texto pertinente a efectos del EEE)

Diario Oficial n° L 133 de 06/06/2000 p. 0026 - 0032


Decisión de la Comisión

de 3 de mayo de 2000

por la que se aplica la Directiva 89/106/CEE del Consejo en lo que respecta a la clasificación de las propiedades de resistencia al fuego de los productos de construcción, las obras de construcción y los elementos de los mismos

[notificada con el número C(2000) 1001]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2000/367/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 89/106/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre los productos de construcción(1), cuya última modificación la constituye la Directiva 93/68/CEE(2) y, en particular, sus artículos 3, 6 y 20,

Considerando lo siguiente:

(1) Los apartados 2 y 3 del artículo 3 de la Directiva 89/106/CEE disponen que, a fin de tener en cuenta los diferentes niveles de protección para las obras de construcción que puedan existir a nivel nacional, regional o local, podrán establecerse clases para cada uno de los requisitos esenciales en los documentos interpretativos. Estos documentos se han publicado en forma de "Comunicación de la Comisión relativa a los documentos interpretativos de la Directiva 89/106/CEE del Consejo"(3).

(2) El punto 4.2.1 del documento interpretativo n° 2 justifica la necesidad de distintos niveles de requisitos esenciales en caso de incendio, en función del tipo, uso y ubicación de la obra de construcción, de su configuración y de la disponibilidad de equipos e instalaciones de emergencia.

(3) El punto 2.2 del documento interpretativo n° 2 enumera una serie de medidas relacionadas entre sí para el cumplimiento del requisito esencial de "seguridad en caso de incendio", que contribuyen en conjunto a definir la estrategia de seguridad en caso de incendio que puede desarrollarse de formas diversas en los Estados miembros.

(4) El punto 4.3.1.3 del...

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