Conclusiones nº C-379/19 of Tribunal de Justicia, March 04, 2021

Resolution DateMarch 04, 2021
Issuing OrganizationTribunal de Justicia
Decision NumberC-379/19

Procedimiento prejudicial - Decisión 2006/928/CE de la Comisión, por la que se establece un mecanismo de cooperación y verificación (MCV) - Efectos jurídicos del MCV y de los informes redactados por la Comisión sobre la base de aquel - Procedimiento penal en materia de corrupción - Resoluciones de un tribunal constitucional sobre la exclusión de pruebas obtenidas por los servicios de inteligencia o en colaboración con ellos - Artículo 47 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea - Independencia judicial - Artículo 19 TUE, apartado 1, párrafo segundo - Primacía del Derecho de la Unión - Procedimientos disciplinarios contra jueces

  1. Introducción

    1. ¿Son compatibles con el Derecho de la Unión las resoluciones de un tribunal constitucional nacional que declaran inconstitucional la participación de los servicios nacionales de inteligencia en la ejecución de medidas de vigilancia por medios tecnológicos con fines de investigación penal y ordenan que se excluyan del procedimiento penal las pruebas así obtenidas?

    2. Esta es, en esencia, la cuestión que se plantea en el presente asunto. No obstante, aquí se suscitan también una serie de cuestiones añadidas de las que he tenido el privilegio de ocuparme en mis conclusiones anteriores, especialmente en el asunto Asociaţia «Forumul Judecătorilor din România» y otros, (2) y en las conclusiones que presento paralelamente a las presentes, en particular en el asunto Euro Box Promotion y otros. (3) Así pues, a los efectos del presente asunto me voy a basar en el análisis que llevé a cabo en aquellas ocasiones.

  2. Marco jurídico

    1. Derecho de la Unión

      1. Derecho primario

      3. Las disposiciones pertinentes del Derecho de la Unión contenidas en el Tratado relativo a la adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía a la Unión Europea (en lo sucesivo, «Tratado de Adhesión») (4) y en el Acta relativa a las condiciones de adhesión de la República de Bulgaria y de Rumanía (en lo sucesivo, «Acta de Adhesión») (5) están reproducidas en los puntos 5 a 8 de las conclusiones AFJR.

      2. Derecho derivado

      4. La Decisión 2006/928/CE de la Comisión, de 13 de diciembre de 2006, por la que se establece un mecanismo de cooperación y verificación de los avances logrados por Rumanía para cumplir indicadores concretos en materia de reforma judicial y lucha contra la corrupción (en lo sucesivo, «Decisión MCV»), (6) fue adoptada, según su considerando 5, sobre la base de los artículos 37 y 38 del Acta de Adhesión.

      5. Con arreglo al considerando 6 de la Decisión MCV, «las cuestiones pendientes en materia de responsabilidad y eficiencia del sistema judicial y de los organismos ejecutivos se refieren al establecimiento de un mecanismo de cooperación y verificación de los avances logrados por Rumanía para tratar indicadores concretos en materia de reforma judicial y lucha contra la corrupción».

      6. El artículo 1 de la Decisión MCV establece que, anualmente, Rumanía informará a la Comisión sobre los avances logrados respecto al cumplimiento de los indicadores contemplados en el anexo de la Decisión. Con arreglo al artículo 2, la Comisión transmitirá por primera vez en junio de 2007 al Parlamento Europeo y al Consejo sus propios comentarios y conclusiones sobre el informe relativo a Rumanía y, posteriormente, informará de nuevo en tiempo y forma oportunos y, como mínimo, cada seis meses. El artículo 3 dispone que la Decisión MCV «entrará en vigor únicamente a reserva y en la fecha de la entrada en vigor del Tratado de Adhesión». De conformidad con el artículo 4, los destinatarios de la Decisión MCV serán los Estados miembros.

      7. El anexo de la Decisión MCV contiene los «indicadores que debe cumplir Rumanía, mencionados en el artículo 1». Los indicadores 1, 3 y 4 que allí se establecen son, respectivamente, «garantizar procesos judiciales más transparentes y eficientes, en particular incrementando la capacidad y responsabilidad del Consejo Superior de la Magistratura […]»; «ampliar los progresos ya realizados, continuar las investigaciones profesionales y no partidistas de las alegaciones de corrupción a alto nivel», y «tomar medidas complementarias de prevención y lucha contra la corrupción, en particular en las administraciones locales».

    2. Derecho rumano

      1. Ley de Enjuiciamiento Penal

      8. Con arreglo al artículo 102, apartado 2, de la Legea nr. 135/2010 privind Codul de procedură penală (Ley n.º 135/2010, relativa a la Ley de Enjuiciamiento Penal; en lo sucesivo, «Ley de Enjuiciamiento Penal»), «en el procedimiento penal no podrán utilizarse las pruebas obtenidas de forma ilegal». De conformidad con el apartado 3 de la misma disposición, «la nulidad del acto por el que se ordenó o se aprobó la obtención de la prueba o por el que se obtuvo la prueba implicará la exclusión de dicha prueba».

      9. El artículo 142, apartado 1, de la Ley de Enjuiciamiento Penal, en su versión anterior a la resolución n.º 51 de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional, Rumanía) de 16 de febrero de 2016 (en lo sucesivo, «resolución n.º 51/2016»), titulado «Ejecución de la orden de vigilancia por medios tecnológicos», disponía que «el fiscal ejecutará la vigilancia con medios tecnológicos o podrá disponer que esta se lleve a cabo por el órgano de investigación penal o por personal especializado de la policía o por otros órganos especializados del Estado».

      10. El artículo 142, apartado 1, de la Ley de Enjuiciamiento Penal, en su versión resultante de la resolución n.º 51/2016 de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional) y modificada por el Decreto-ley n.º 6/2016, establece que «el fiscal ejecutará la vigilancia con medios tecnológicos o podrá disponer que esta se lleve a cabo por el órgano de investigación penal o por personal especializado de la policía».

      11. El artículo 281 de la Ley de Enjuiciamiento Penal, titulado «Causas de nulidad absoluta», dispone lo siguiente:

      1. En todo caso, dará lugar a la nulidad absoluta cualquier infracción de las disposiciones relativas a:

      […]

      b) la competencia ratione materiae o ratione personae de los órganos jurisdiccionales, cuando la sentencia haya sido dictada por un órgano de rango inferior al legalmente competente;

      […]

      2. La nulidad absoluta se declarará bien de oficio o bien a instancia de parte.

      3. La infracción de lo dispuesto en las letras a) a d) del apartado 1 podrá ser invocada en cualquier fase del procedimiento.

      […]

      .

      2. Ley n.º 303/2004

      12. Con arreglo al artículo 99, letra ș), de la Legea nr. 303/2004 privind statutul judecătorilor și procurorilor (Ley n.º 303/2004, sobre el Estatuto de los Jueces y Fiscales; en lo sucesivo, «Ley n.º 303/2004»), (7) el «incumplimiento de las resoluciones [de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional)]» constituye infracción disciplinaria.

  3. Hechos, procedimiento nacional y cuestiones prejudiciales

    13. El 22 de agosto de 2016, la Direcția Națională Anticorupție - Serviciul Teritorial Oradea (Dirección nacional de lucha contra la corrupción - Servicio territorial de Oradea, Rumanía; en lo sucesivo «Fiscalía») resolvió la apertura de juicio oral contra cuatro personas, los acusados en el procedimiento principal. Se los acusaba de delitos de corrupción.

    14. En el procedimiento de cuestiones previas, los acusados primero y segundo solicitaron al juez de cuestiones previas, en particular, que excluyera del material probatorio las pruebas constituidas por las actas en las que se documenta el resultado de la intervención de las comunicaciones, en aplicación de la resolución n.º 51/2016 de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional), por considerar ilegales dichas pruebas.

    15. Mediante auto penal de 27 de enero de 2017, el juez de cuestiones previas del Tribunalul Bihor (Tribunal de Distrito de Bihor, Rumanía) desestimó dicha solicitud, al considerar que las pruebas habían sido obtenidas conforme a Derecho. Dicho juez dispuso el inicio del juicio y declaró que la resolución n.º 51/2016 no era aplicable al asunto, puesto que únicamente surtía efectos ex nunc.

    16. El recurso interpuesto por los acusados contra el auto penal de 27 de enero de 2017 fue desestimado el 10 de mayo de 2017 por la Curtea de Apel Oradea (Tribunal Superior de Oradea, Rumanía), que consideró que la resolución n.º 51/2016 no era aplicable a las medidas de vigilancia por medios tecnológicos ordenadas en el caso de autos al haber sido publicada en el Monitorul Oficial (Diario Oficial) después de que se hubieran practicado las pruebas en la fase de instrucción penal. Además, observó que, conforme al artículo 147, apartado 4, de la Constitución de Rumanía, las resoluciones de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional) serán vinculantes desde la fecha de su publicación y solo surtirán efectos ex nunc. De este modo, la resolución pronunciada en la fase de cuestiones previas había adquirido firmeza, sin la exclusión de ninguna de las pruebas practicadas en la fase de instrucción penal.

    17. Durante el juicio, varios acusados solicitaron al órgano jurisdiccional que verificara si la Fiscalía había colaborado con el Serviciul Român de Informații (Servicio de Inteligencia Rumano; en lo sucesivo «SRI») en la fase de instrucción penal, en virtud de un protocolo concluido entre el Parchetul de pe lângă Înalta Curte de Casație și Justiție (Fiscalía del Tribunal Supremo, Rumanía) y el SRI. Varios acusados, invocando la resolución n.º 302 de 4 de mayo de 2017 de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional) (en lo sucesivo, «resolución n.º 302/2017»), solicitaron también que se declarara la nulidad absoluta de la ejecución de las órdenes de vigilancia y, en consecuencia, que se excluyeran del material probatorio todas las actas en las que se documentan los resultados de la vigilancia por medios tecnológicos.

    18. Asimismo, los acusados invocaron la resolución n.º 26 de 16 de enero de 2019 de la Curtea Constituțională (Tribunal Constitucional) (en lo sucesivo, «resolución n.º 26/2019»), por la que se declaró...

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