87/11/EEC: Commission Decision of 10 December 1986 approving an amendment to the specific programme relating to the livestock, meat and meat products sector in Belgium pursuant to Council Regulation (EEC) No 355/77 (Only the Dutch and French texts are authentic)

Published date08 January 1987
Subject MatterAgricultural structures,European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF),Agriculture and Fisheries
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 6, 8 January 1987
EUR-Lex - 31987D0011 - ES

87/11/CEE: Decisión de la Comisión de 10 de diciembre de 1986 por la que se aprueba una modificación del programa específico para el sector "Ganado, carnes y productos cárnicos" de Bélgica, de acuerdo con el Reglamento (CEE) n 355/77 del Consejo (Los textos en lenguas neerlandesa y francesa son los únicos auténticos)

Diario Oficial n° L 006 de 08/01/1987 p. 0036 - 0036


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DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 10 de diciembre de 1986

por la que se aprueba una modificación del programa específico para el sector « Ganado, carnes y productos cárnicos » de Bélgica, de acuerdo con el Reglamento (CEE) no 355/77 del Consejo

(Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos)

(87/11/CEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 355/77 del Consejo, de 15 de febrero de 1977, relativo a una acción común para la mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de los productos agrícolas y pesqueros (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento no 2224/86 (2), y, en particular, su artículo 5,

Considerando que, el 24 de septiembre de 1985, el Gobierno belga comunicó una modificación del programa para el sector « Ganado, carnes y productos cárnicos », aprobado por la Decisión 80/317/CEE de la Comisión (3), y que el 5 de febrero de 1986 facilitó datos complementarios;

Considerando que la modificación del mencionado programa se limita a las inversiones destinadas a la modernización, racionalización y concentración de las capacidades en los campos de la comercialización de los animales, del sacrificio, del despiece y de la revalorización de los subproductos del sacrificio, así como de la preparación de los productos cárnicos de las especies bovina, porcina y ovina, y que todas estas inversiones pueden contribuir a mejorar la situación de dicho sector y a revalorizarlo; que, por consiguiente, constituyen uno de los programas que se definen en el artículo 2 del Reglamento (CEE) no 355/77;

Considerando que pueden aceptarse las inversiones destinadas a la modernización, racionalización y concentración de las capacidades en los campos de la comercialización y del sacrificio y que también pueden serlo las inversiones para la revalorización de los subproductos y la preparación de la carne siempre que se trate de productos...

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