87/526/CEE: Decisión de la Comisión de 9 de octubre de 1987 por la que se aprueba un programa intensivo para la erradicación de la peste porcina africana presentado por Portugal (El texto en lengua portuguesa es el único auténtico)

Published date28 October 1987
Subject Matterlegislación veterinaria,Agricultura y Pesca,legislazione veterinaria,Agricoltura e Pesca,législation vétérinaire,Agriculture et Pêche
Official Gazette PublicationDiario Oficial de las Comunidades Europeas, L 306, 28 de octubre de 1987,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 306, 28 ottobre 1987,Journal officiel des Communautés européennes, L 306, 28 octobre 1987
EUR-Lex - 31987D0526 - ES 31987D0526

87/526/CEE: Decisión de la Comisión de 9 de octubre de 1987 por la que se aprueba un programa intensivo para la erradicación de la peste porcina africana presentado por Portugal (El texto en lengua portuguesa es el único auténtico)

Diario Oficial n° L 306 de 28/10/1987 p. 0035 - 0035


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DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 9 de octubre de 1987

por la que se aprueba un programa intensivo para la erradicación de la peste porcina africana presentado por Portugal

(El texto en lengua portuguesa es el único auténtico)

(87/526/CEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Decisión 86/649/CEE del Consejo, de 16 de diciembre de 1986, por la que se establecen medidas financieras comunitarias para la erradicación de la peste porcina africana en Portugal (1) y, en particular, su artículo 3,

Considerando que, en las cartas enviadas con fecha de enero de 1987 y junio de 1987, Portugal comunicó a la Comisión un programa intensivo para la erradicación de la peste porcina africana;

Considerando que dicho programa intensivo ha sido examinado y que se atiene a lo dispuesto en la Decisión 86/649/CEE; que se dan las condiciones para la participación financiera de la Comunidad;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité veterinario permanente; que el Comité del Fondo y el Comité veterinario permanente de estructuras han sido consultados al respecto,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Queda aprobado el programa intensivo para la erradicación de la peste porcina africana presentado por Portugal.

Artículo 2

Portugal aplicará antes del 1 de julio de 1987 las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para la puesta en práctica del programa a que se refiere el artículo 1.

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