89/127/EEC: Commission Decision of 31 January 1989 approving a specific programme for the milk and milk products sector notified by the Spanish Government pursuant to Council Regulation (EEC) No 355/77 (only the Spanish text is authentic)

Published date18 February 1989
Subject MatterAgricultural structures,European Agricultural Guidance and Guarantee Fund (EAGGF),Agriculture and Fisheries,Milk products
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 46, 18 February 1989
EUR-Lex - 31989D0127 - ES 31989D0127

DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 31 de enero de 1989 por la que se aprueba un programa específico para el sector de la leche y los productos lácteos notificado por el Gobierno español de acuerdo con el Reglamento (CEE) no 355/77 del Consejo (El texto en lengua española es el único auténtico) (89/127/CEE) (89/127/CEE) -

Diario Oficial n° L 046 de 18/02/1989 p. 0038 - 0039


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DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 31 de enero de 1989

por la que se aprueba un programa específico para el sector de la leche y los productos lácteos notificado por el Gobierno español de acuerdo con el Reglamento (CEE) no 355/77 del Consejo

(El texto en lengua española es el único auténtico)

(89/127/CEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 355/77 del Consejo, de 15 de febrero de 1977, relativo a una acción común para la mejora de las condiciones de transformación y de comercialización de los productos agrícolas y de los productos de la pesca (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 1760/87 (2), y, en particular, su artículo 5,

Considerando que el 23 de julio de 1987 el Gobierno español notificó un programa específico relativo al sector de la leche y los productos lácteos, y que el 8 de diciembre de 1987 y el 3 de mayo de 1988 proporcionó información suplementaria;

Considerando que dicho programa específico tiene por objeto racionalizar y reestructurar las condiciones de transformación y comercialización de la leche y los productos lácteos con el fin de aumentar la competitividad del sector y revalorizarlo, y constituye, pues, un programa en el sentido del artículo 2 del Reglamento (CEE) no 355/77;

Considerando que, dada la necesidad de suministrar al consumidor un producto de mayor duración sería apropiado ampliar el contenido del punto B.1 de la letra a) del artículo 11 bis referente a criterios de la Comisión (3) para la elección de proyectos que deban financiarse de acuerdo con el Reglamento (CEE) no 355/77 a fin de admitir en el programa inversiones para leche UHT, toda vez que, de acuerdo con el punto de los criterios mencionado se cuenta con mercado;

Considerando que, en vista de la situación del mercado de la leche, la aprobación del programa no puede extenderse a proyectos de inversión que contribuyan a la capacidad de transformación de...

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