92/390/EEC: Commission Decision of 2 July 1992 concerning animal health conditions and veterinary certification for imports of fresh meat from the Republic of Croatia
Published date | 23 July 1992 |
Subject Matter | Veterinary legislation |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 207, 23 July 1992 |
92/390/CEE: Decisión de la Comisión, de 2 de julio de 1992, relativa a las condiciones zoosanitarias y al certificado sanitario para la importación de carne fresca procedente de Croacia
Diario Oficial n° L 207 de 23/07/1992 p. 0053 - 0057
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 43 p. 0148
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 43 p. 0148
DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 2 de julio de 1992 relativa a las condiciones zoosanitarias y al certificado sanitario para la importación de carne fresca procedente de Croacia (92/390/CEE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne, procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3763/91 (2), y, en particular, su artículo 16,
Considerando que es necesario establecer condiciones zoosanitarias para la importación de carne fresca de Croacia;
Considerando que, en una misión veterinaria comunitaria, se comprobó que la situación zoosanitaria de Croacia puede equipararse a la de la mayoría de los países de la Comunidad, en especial en lo referente a las enfermedades transmisibles por la carne;
Considerando, además, que las autoridades veterinarias competentes de Croacia han confirmado que en ese país no se ha registrado desde hace al menos doce meses ningún caso de peste bovina o fiebre aftosa y que durante ese período no se han efectuado vacunaciones contra tales enfermedades;
Considerando que existen en Croacia animales vacunados contra la peste porcina clásica; que, por consiguiente la carne fresca de porcino debe excluirse de las importaciones en la Comunidad Europea;
Considerando que las autoridades veterinarias de Croacia se han comprometido a notificar a la Comisión de las Comunidades Europeas y a los Estados miembros, por télex o telegrama y en el plazo de veinticuatro horas, la aparición de cualquiera de las enfermedades antes mencionadas o la decisión de practicar vacunaciones contra ellas;
Considerando que las condiciones zoosanitarias y el certificado sanitario deben adaptarse teniendo en cuenta la situación zoosanitaria de Croacia;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se...
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