92/390/EEC: Commission Decision of 2 July 1992 concerning animal health conditions and veterinary certification for imports of fresh meat from the Republic of Croatia

Published date23 July 1992
Subject MatterVeterinary legislation
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 207, 23 July 1992
EUR-Lex - 31992D0390 - ES 31992D0390

92/390/CEE: Decisión de la Comisión, de 2 de julio de 1992, relativa a las condiciones zoosanitarias y al certificado sanitario para la importación de carne fresca procedente de Croacia

Diario Oficial n° L 207 de 23/07/1992 p. 0053 - 0057
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 43 p. 0148
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 43 p. 0148


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 2 de julio de 1992 relativa a las condiciones zoosanitarias y al certificado sanitario para la importación de carne fresca procedente de Croacia (92/390/CEE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 72/462/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1972, relativa a problemas sanitarios y de policía sanitaria en las importaciones de animales de las especies bovina, porcina ovina y caprina y de carne fresca o de productos a base de carne, procedentes de países terceros (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CEE) no 3763/91 (2), y, en particular, su artículo 16,

Considerando que es necesario establecer condiciones zoosanitarias para la importación de carne fresca de Croacia;

Considerando que, en una misión veterinaria comunitaria, se comprobó que la situación zoosanitaria de Croacia puede equipararse a la de la mayoría de los países de la Comunidad, en especial en lo referente a las enfermedades transmisibles por la carne;

Considerando, además, que las autoridades veterinarias competentes de Croacia han confirmado que en ese país no se ha registrado desde hace al menos doce meses ningún caso de peste bovina o fiebre aftosa y que durante ese período no se han efectuado vacunaciones contra tales enfermedades;

Considerando que existen en Croacia animales vacunados contra la peste porcina clásica; que, por consiguiente la carne fresca de porcino debe excluirse de las importaciones en la Comunidad Europea;

Considerando que las autoridades veterinarias de Croacia se han comprometido a notificar a la Comisión de las Comunidades Europeas y a los Estados miembros, por télex o telegrama y en el plazo de veinticuatro horas, la aparición de cualquiera de las enfermedades antes mencionadas o la decisión de practicar vacunaciones contra ellas;

Considerando que las condiciones zoosanitarias y el certificado sanitario deben adaptarse teniendo en cuenta la situación zoosanitaria de Croacia;

Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se...

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