92/520/EEC: Commission Decision of 3 November 1992 amending Decision 89/374/EEC of 2 June 1989 on the organization of a temporary experiment under Council Directive 66/402/EEC on the marketing of cereal seed, in order to establish the conditions to be satisfied by the crop and the seed of hybrids of rye
Published date | 11 November 1992 |
Subject Matter | Cereals,Seeds and seedlings |
Official Gazette Publication | Official Journal of the European Communities, L 325, 11 November 1992 |
92/520/CEE: Decisión de la Comisión, de 3 de noviembre de 1992, por la que se modifica la Decisión 89/374/CEE relativa a la organización de un experimento temporal de conformidad con la Directiva 66/402/CEE del Consejo relativa a la comercialización de las semillas de cereales, con objeto de fijar las condiciones que deben cumplir los cultivos y las semillas de las variedades híbridas de centeno
Diario Oficial n° L 325 de 11/11/1992 p. 0025 - 0025
Edición especial en finés : Capítulo 3 Tomo 45 p. 0176
Edición especial sueca: Capítulo 3 Tomo 45 p. 0176
DECISIÓN DE LA COMISIÓN
de 3 de noviembre de 1992
por la que se modifica la Decisión 89/374/CEE relativa a la organización de un experimento temporal de conformidad con la Directiva 66/402/CEE del Consejo relativa a la comercialización de las semillas de cereales, con objeto de fijar las condiciones que deben cumplir los cultivos y las semillas de las variedades híbridas de centeno
(92/520/CEE)
LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,
Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,
Vista la Directiva 66/402/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1966, relativa a la comercialización de las semillas de cereales (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 90/654/CEE (2), y, en particular, su artículo 13 bis,
Considerando que de conformidad con la Decisión 89/374/CEE de la Comisión (3) se organizó en toda la Comunidad un experimento temporal a fin de establecer las condiciones que deben cumplir los cultivos y las semillas de las variedades híbridas de centeno; que, de acuerdo con la Decisión mencionada, el experimento finaliza el 30 de junio de 1992; que resultan necesarios más datos; que conviene, por consiguiente, prolongar el experimento hasta el 30 de junio de 1994;
Considerando que las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité permanente de semillas y plantones agrícolas, hortícolas y forestales,
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
Artículo 1
En el artículo 3 de la Decisión 89/374/CEE la fecha « 30 de junio de 1992 » se sustituye por « 30 de junio de 1994 ».
Artículo 2
Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.
Hecho en Bruselas, el 3 de noviembre de 1992. Por la...
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