97/631/EC: Commission Decision of 12 September 1997 recognizing in principle the completeness of the dossier submitted for detailed examination in view of the possible inclusion of flumioxazine in Annex I to Council Directive 91/414/EEC concerning the placing of plant protection products on the market (Text with EEA relevance)

Published date24 September 1997
Subject MatterLegislación fitosanitaria,Legislazione fitosanitaria,Législation phytosanitaire
Official Gazette PublicationDiario Oficial de las Comunidades Europeas, L 262, 24 de septiembre de 1997,Gazzetta ufficiale delle Comunità europee, L 262, 24 settembre 1997,Journal officiel des Communautés européennes, L 262, 24 septembre 1997
EUR-Lex - 31997D0631 - ES

97/631/CE: Decisión de la Comisión de 12 de septiembre de 1997 por la que se reconoce, en principio, la conformidad del expediente presentado para su examen detallado con vistas a la posible inclusión de la flumioxazina en el Anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (Texto pertinente a los fines del EEE)

Diario Oficial n° L 262 de 24/09/1997 p. 0007 - 0008


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 12 de septiembre de 1997 por la que se reconoce, en principio, la conformidad del expediente presentado para su examen detallado con vistas a la posible inclusión de la flumioxazina en el Anexo I de la Directiva 91/414/CEE del Consejo relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (Texto pertinente a los fines del EEE) (97/631/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Directiva 91/414/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1991, relativa a la comercialización de productos fitosanitarios (1), cuya última modificación la constituye la Directiva 96/68/CE de la Comisión (2), y, en particular, el apartado 3 de su artículo 6,

Considerando que la Directiva 91/414/CEE prevé la elaboración de una lista comunitaria de sustancias activas autorizadas para su incorporación en productos fitosanitarios;

Considerando que se ha presentado un expediente referido a una sustancia activa a las autoridades de los Estados miembros con vistas a obtener la inclusión de esa sustancia en el Anexo I de la Directiva;

Considerando que, el 2 de mayo de 1994, la empresa Cyanamid presentó a las autoridades francesas un expediente relativo a la sustancia activa flumioxazina;

Considerando que dichas autoridades han indicado a la Comisión los resultados de un primer examen de la conformidad del expediente con respecto a los datos y la información que figuran en el Anexo II y, en el caso de al menos un producto fitosanitario que contenga la sustancia activa en cuestión, en el Anexo III de la Directiva; que posteriormente, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 6, el solicitante ha transmitido el expediente a la Comisión y a los demás Estados miembros;

Considerando que el expediente relativo a la flumioxazina fue remitido al Comité fitosanitario permanente el 12 de julio de 1996;

Considerando que, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del...

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