98/595/EC: Commission Decision of 13 October 1998 concerning the application for a compulsory beef labelling system in France and Belgium (notified under document number C(1998) 3050) (Only the French and Dutch texts are authentic)

Published date23 October 1998
Subject MatterBeef and veal,Veterinary legislation,Information and verification
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 286, 23 October 1998
EUR-Lex - 31998D0595 - ES 31998D0595

98/595/CE: Decisión de la Comisión de 13 de octubre de 1998 relativa a la adopción de un sistema de etiquetado obligatorio para la carne de vacuno en Francia y Bélgica [notificada con el número C(1998) 3050] (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos)

Diario Oficial n° L 286 de 23/10/1998 p. 0055 - 0055


DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 13 de octubre de 1998 relativa a la adopción de un sistema de etiquetado obligatorio para la carne de vacuno en Francia y Bélgica [notificada con el número C(1998) 3050] (Los textos en lenguas francesa y neerlandesa son los únicos auténticos) (98/595/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n° 820/97 del Consejo, de 21 de abril de 1997, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno (1) y, en particular, el apartado 5 de su artículo 19,

Considerando que en el apartado 4 del artículo 19 del Reglamento (CE) n° 820/97 se establece la posibilidad de que los Estados miembros que dispongan de un sistema suficientemente desarrollado de identificación y registro de los animales de la especie bovina impongan, antes del 1 de enero de 2000, un sistema de etiquetado obligatorio para la carne de vacuno procedente de animales nacidos, mantenidos y sacrificados en su territorio;

Considerando que Francia y Bélgica han solicitado a la Comisión la aprobación de un sistema de etiquetado obligatorio para la carne de vacuno de acuerdo con el apartado 5 del citado Reglamento;

Considerando que han demostrado que cuentan con un sistema suficientemente desarrollado de identificación y registro de los animales de la especie bovina,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Las solicitudes presentadas por Francia y Bélgica para la adopción de un sistema de etiquetado obligatorio para la carne de vacuno procedente de animales nacidos, mantenidos y sacrificados en su territorio quedan aprobadas de conformidad con el apartado 5 del artículo 19 del Reglamento (CE) n° 820/97.

Artículo 2

Los destinatarios de la presente Decisión serán la República Francesa y...

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