Dictamen del Consejo, de 10 de octubre de 2006, sobre la actualización revisada del programa de convergencia de Hungría (2005-2009)

SectionDictamen
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

I (Comunicaciones) CONSEJO DICTAMEN DEL CONSEJO de 10 de octubre de 2006 sobre la actualización revisada del programa de convergencia de Hungría (2005-2009) (2006/C 260/01) EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n.o 1466/97 del Consejo, de 7 de julio de 1997, relativo al reforzamiento de la supervisión de las situaciones presupuestarias y a la supervisión y coordinación de las políticas económicas (1 ), y, en particular, su artículo 9.3,

Visto el dictamen del Consejo de 24 de enero de 2006 sobre el programa de convergencia actualizado de Hungría (2005-2008),

Vista la Recomendación de la Comisión,

Previa consulta al Comité Económico y Financiero,

HA EMITIDO EL PRESENTE DICTAMEN:

(1) El 10 de octubre de 2006, el Consejo examinó la actualización revisada del programa de convergencia de Hungría, recibida el 1 de septiembre en 2006, que abarca el periodo 2005-2009 (2 ).

(2) Tras la aprobación de una amplia serie medidas de reforma económica a mediados de los años noventa, la economía húngara disfrutó de unas tasas de crecimiento estables y relativamente elevadas y de una reducción de la inflación gracias a unas políticas macroeconómicas equilibradas y a unas reformas estructurales adecuadas. No obstante, a partir de 2001, y de forma más acusada en los últimos años, el significativo incremento del gasto público, combinado con reducciones de los impuestos y con generosos incrementos salariales en el sector público, dieron lugar cada año a déficit presupuestarios muy superiores al 5 % del PIB, produciéndose grandes desviaciones respecto de los objetivos iniciales de déficit. Por otro lado, las estimaciones de fin de año fueron aumentadas substancialmente ex post prácticamente en cada notificación presupuestaria. En lugar de los objetivos de déficit incluidos en el programa de convergencia de mayo de 2004 ( 4,6 % del PIB en 2004, 4,1 % del PIB en 2005 y 3,6 % del PIB en 2006), los resultados fueron el 6,6 % del PIB en 2004 y el 7,5 % del PIB en 2005, y para 2006 el Gobierno espera que el déficit sea de aproximadamente el 10,1 % del PIB, cifra que representa con mucho el mayor nivel en la UE (todas estas cifras incluyen el coste de la reforma de las pensiones). Gran parte de la desviación presupuestaria se deriva de una planificación 28.10.2006 C 260/1Diario Oficial de la Unión EuropeaES (1 ) DO L 209 de 2.8.1997, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1055/2005 (DO L 174 de 7.7.2005, p. 1). Los documentos a que se hace referencia en el presente texto pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica:

http://europa.eu.int/comm/economy_finance/about/activities/sgp/main_en.htm (2 ) La actualización revisada del programa de convergencia (en lo sucesivo denominada 'el programa'), presentada en respuesta a la petición formulada por el Consejo en enero de 2006, sigue en grandes líneas la estructura tipo y cumple los requisitos en materia de comunicación de datos para los programas de estabilidad y convergencia especificados en el nuevo código de conducta. El programa presenta todos los datos obligatorios que prescribe dicho código.

Faltan algunos datos optativos, que se refieren principalmente al gasto total de la administración pública por funciones, a la evolución de la deuda pública y a la sostenibilidad a largo plazo de la hacienda pública.

presupuestaria excesivamente optimista, amplios excesos de los gastos respecto del nivel previsto, recortes tributarios y la ausencia general de unos esfuerzos de ajuste estructural suficientes. El carácter expansionista de la política fiscal ha afectado considerablemente a su credibilidad y ha pesado cada vez más sobre la economía. En particular, ha contribuido a serios desequilibrios exteriores, a un aumento significativo del total de deuda exterior (de una cifra inferior al 20 % del PIB en 2001 a una cifra próxima al 30 % del PIB en 2005) y a aumentar sensiblemente los diferenciales de los tipos de interés respecto de otros nuevos Estados miembros.

(3) El 5 de julio 2004, el Consejo decidió declarar la existencia de un déficit excesivo en Hungría y emitió, conforme al artículo 104.7, una primera recomendación encaminada a su corrección a más tardar en 2008, que era el año objetivo establecido por las autoridades húngaras en su programa de convergencia de mayo de 2004. En enero de 2005, y de nuevo en noviembre del mismo año, el Consejo, sobre la base del artículo 104.8, decidió que las medidas tomadas por Hungría incumplían la primera recomendación, así como la recomendación siguiente, de 8 de marzo de 2005. En particular, tuvo en cuenta la substancial desviación respecto de la senda de ajuste a medio plazo, especialmente respecto de los objetivos de déficit de 2005 y 2006.

(4) El 1 de diciembre de 2005, las autoridades húngaras presentaron a la Comisión y al Consejo una actualización del programa de convergencia que contenía una nueva senda de ajuste, manteniendo el objetivo de corregir el...

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