Propuesta de Directiva del Consejo que modifica la Directiva 70/524/CEE sobre los aditivos en la alimentación animal, la Directiva 95/53/CE por la que se establecen los principios relativos a la organización de los controles oficiales en el ámbito de la alimentación animal y la Directiva 95/69/CE por la que se establecen los requisitos y las...

SectionDirective
Issuing OrganizationConsejo de la Unión Europea

'Se les aplicar el coeficiente corrector fijado para el pa s situado dentro de las Comunidades europeas en el que el titular de la pensi n justifique tener su residencia.

Si el titular de la pensi n fija su residencia en un pa s situado fuera de las Comunidades, el coeficiente corrector aplicable ser igual a 100.'.

2) Los p rrafos sexto y s ptimo del apartado 3 del art culo 41 se sustituir n por el texto siguiente:

'A la indemnizaci n y a la ltima retribuci n global previstas en el p rrafo cuarto anterior se les aplicar el coeficiente corrector fijado para el pa s situado en las Comunidades en el que el beneficiario de la indemnizaci n justifique tener su residencia.

Si el beneficiario establece su residencia en un pa s situado fuera de las Comunidades, el coeficiente corrector aplicable ser igual a 100.'.

3) El p rrafo primero del apartado 4 del art culo 67 se sustituir por el texto siguiente:

'En caso de que, en virtud de los art culos 1, 2 y 3 del anexo VII, los complementos familiares mencionados se abonen a una persona que no sea el funcionario, estos complementos se pagar n en la moneda del pa s de residencia de dicha persona, aplicando, en su caso, sobre la base de las paridades a que se refiere el p rrafo segundo del art culo 63. A dichos complementos se les aplicar el coeficiente corrector fijado para ese pa s situado en las Comunidades o un coeficiente corrector igual a 100 si el pa s de residencia est situado fuera de las Comunidades.'.

Art culo 2

El presente reglamento entrar en vigor el d a de su publicaci n en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

Ser aplicable a partir del . . .

El presente reglamento ser obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Propuesta de Directiva del Consejo que modifica la Directiva 70/524/CEE sobre los aditivos en la alimentaci n animal, la Directiva 95/53/CE por la que se establecen los principios relativos a la organizaci n de los controles oficiales en el mbito de la alimentaci n animal y la Directiva 95/69/CE por la que se establecen los requisitos y las normas aplicables a la autorizaci n y el registro de determinados establecimientos e intermediarios del sector de la alimentaci n animal (98/C 266/07) COM(1998) 438 final -- 98/0237(CNS) (Presentada por la Comisi n el 13 de julio de 1998) EL CONSEJO DE LA UNI N EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su art culo 43,

Vista la propuesta de la Comisi n,

Visto el dictamen del Parlamento Europeo,

Visto el dictamen del Comit Econ mico y Social,

Considerando que los art culos 13 a 16 de la Directiva 70/524/CEE del Consejo, de 23 de noviembre de...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT