Anexo I - Extracto de una Resolución o Transacción Judicial en Materia de Obligación de Alimentos No Sometido a un Procedimiento de Reconocimiento y Declaración de Exequátur

Date19 October 2016
ANEXO I
EXTRACTO DE UNA RESOLUCIÓN O TRANSACCIÓN JUDICIAL EN MATERIA DE OBLIGACIÓN DE ALIMENTOS NO SOMETIDO A UN
PROCEDIMIENTO DE RECONOCIMIENTO Y DECLARACIÓN DE EXEQUÁTUR
[artículos 20 y 48 del Reglamento (CE) no 4/2009 del Consejo, de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el
reconocimiento y la ejecución de las resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos (1)]
IMPORTANTE
La expedición la realizará el órgano jurisdiccional de origen
La expedición solo tendrá lugar si la resolución o transacción judicial tiene fuerza ejecutiva en el Estado miembro de origen
Solo se mencionarán los datos indicados en la resolución o transacción judicial o de los que tenga conocimiento el órgano jurisdiccional de
origen
1. Naturaleza del acto
Resolución Transacción judicial
Fecha y número de referencia:
La resolución/transacción judicial está reconocida y tiene carácter ejecutivo en otro Estado miembro sin que sea posible oponerse a
su reconocimiento y sin que sea necesaria una declaración de exequátur [artículos 17 y 48 del Reglamento (CE) no 4/2009].
2. Órgano jurisdiccional de origen
2.1. Nombre:
2.2. Dirección:
2.2.1. Calle y número/apartado de correos:
2.2.2. Localidad y código postal:
2.2.3. Estado miembro
Bélgica Bulgaria Chequia
Alemania Estonia Irlanda
Grecia España Francia
Croacia Italia Chipre
Letonia Lituania Luxemburgo
Hungría Malta Países Bajos
Austria Polonia Portugal
Rumania Eslovenia Eslovaquia
Finlandia Suecia
2.3. Tel./fax/correo electrónico:
3. Solicitante(s) (*) (**)
3.1. Persona A
3.1.1. Apellido(s) y nombre(s):
3.1.2. Fecha (dd/mm/aaaa) y lugar de nacimiento:
3.1.3. Número de identidad o de seguridad social:
1 10 Generado por el Portal Europeo de Justicia e-Justice
(1) DO L 7 de 10.1.2009, p. 1.
(*) Cuando no se haya establecido la cualidad de solicitante o de demandado de las partes en la resolución/transacción judicial, se les identificará indiferentemente como solicitante o
demandado.
(**) Si la resolución o la transacción judicial se refiere a más de tres solicitantes o a más de tres demandados, adjuntar una hoja adicional.

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