Reglamento (CE) nº 1684/1999 de la Comisión, de 28 de julio de 1999, por el que se establecen las cantidades de referencia regionales previstas y el valor de los anticipos que han de abonarse a los productores de semillas de soja, de semillas de colza y nabina y de semillas de girasol para la campaña de comercialización 1999/2000

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas30. 7. 1999 L 199/29

REGLAMENTO (CE) No 1684/1999 DE LA COMISIÓN de 28 de julio de 1999 por el que se establecen las cantidades de referencia regionales previstas y el valor de los anticipos que han de abonarse a los productores de semillas de soja, de semillas de colza y nabina y de semillas de girasol para la campaña de comercialización 1999/2000

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CEE) no 1765/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece un régimen de apoyo a los productores de determinados cultivos herbáceos (1), cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1624/ 98 (2), y, en particular, su artículo 12, (1) Considerando que en la letra c) del apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 1765/92 se especifica que la Comisión fijará una cantidad de referencia regional prevista para cada región determinada en el plan de regionalización de un Estado miembro teniendo en cuenta la relación existente entre el rendimiento de cereales o de semillas oleaginosas en esta región y el rendimiento medio comunitario de dichos productos;

(2) Considerando que el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 1765/92 establece que los productores que soliciten un pago compensatorio para semillas oleaginosas tendrán derecho a un anticipo no mayor del 50 % de la cantidad de referencia regional prevista;

(3) Considerando que las medidas previstas en el presente Reglamento se ajustan al dictamen del Comité de gestión conjunto de los cereales, materias grasas y forrajes desecados,

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1
  1. En el anexo I se presenta una breve explicación del método de cálculo de las cantidades de referencia regionales previstas, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 1765/92.

  2. En el anexo II se indican las cantidades de referencia regionales previstas correspondientes a la campaña de comercialización 1999/2000.

Artículo 2

El valor de los anticipos que han de abonarse a los productores de semillas oleaginosas en virtud de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 1765/92 será igual, en la campaña de comercialización 1999/2000 al 50 % de la cantidad de referencia regional prevista que figura en el anexo II.

Artículo 3

El presente Reglamento entrará en vigor el tercer día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en Bruselas, el 28 de julio de 1999.

Por la Comisión Franz FISCHLER Miembro de la Comisión (1) DO L 181 de 1.7.1992, p. 12.

(2 ) DO L 210 de 28.7.1998, p. 3.

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 30. 7. 1999L 199/30

ANEXO I Breve explicación del método de cálculo de las cantidades de referencia regionales previstas destinadas a los productores de semillas oleaginosas en la campaña de comercialización 1999/2000

Las cantidades de referencia regionales previstas se han calculado de acuerdo con lo establecido en la letra c) del apartado 1 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 1765/92.

Dichas cantidades han sido calculadas por la Comisión ateniéndose a los datos suministrados por los Estados miembros con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del citado Reglamento y a la decisión de los Estados miembros de basar la relación de los rendimientos en los cereales o en las semillas oleaginosas de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del apartado 1 del artículo 5 del mismo Reglamento.

En el anexo II figuran las cantidades de referencia regionales previstas para la campaña de comercialización 1999/2000.

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas30. 7. 1999 L 199/31

Estado miembro Región Referencia Rendimientos (t/ha) Cantidades de referencia (EUR/ha) ANEXO II CANTIDADES DE REFERENCIA REGIONALES PREVISTAS PARA 1999/2000

België/Belgique:

Polders/Polders Semillas oleaginosas 2,40 440,85

Leemstreek/Limoneuse Semillas oleaginosas 3,31 608,00

Zandleemstreek/Sablolimoneuse Semillas oleaginosas 3,12 573,10

Condroz/Condroz Semillas oleaginosas 3,07 563,92

Weidestreek/Herbagère Semillas oleaginosas 3,03 556,57

Zandstreek/Sablonneuse Semillas oleaginosas 2,85 523,51

Kempen/Campine Semillas oleaginosas 2,72 499,63

Famenne/Famenne Semillas oleaginosas 2,97 545,55

Fagnes/Fagnes Semillas oleaginosas 3,15 578,61

Ardennen/Ardenne Semillas oleaginosas 2,99 549,22

Jurastreek/Jurassique Semillas oleaginosas 3,38 620,86

Hen. Kempen/Campine-Hennuyère Cereales 6,44 606,90

Hoge Ardennen/Haute Ardenne Cereales 3,77 355,28

Danmark: Semillas oleaginosas 2,700 495,95

Deutschland:

Schleswig-Holstein Semillas oleaginosas 3,380 620,86

Hamburg Semillas oleaginosas 3,070 563,92

Bremen Semillas oleaginosas 3,130 574,94

Niedersachsen -- Regions 1-9 Semillas oleaginosas 3,060 562,08 -- Region 10 Semillas oleaginosas 3,440 631,88

Nordrhein-Westfalen Semillas oleaginosas 3,110 571,26

Hessen Semillas oleaginosas 3,100 569,43

Rheinland-Pfalz Semillas oleaginosas 2,850 523,51

Baden-Württemberg Semillas oleaginosas 2,970 545,55

Bayern Semillas oleaginosas 3,180 584,12

Saarland Semillas oleaginosas 2,700 495,95

Berlin Semillas oleaginosas 2,680 492,28

Brandenburg -- Region 1 Semillas oleaginosas 3,440 631,88 -- Region 2 Semillas oleaginosas 2,680 492,28

Mecklenburg-Vorpommern Semillas oleaginosas 3,440 631,88

Sachsen Semillas oleaginosas 2,960 543,71

Sachsen-Anhalt Semillas oleaginosas 2,670 490,44

Thüringen Semillas oleaginosas 2,870 527,18

Ellada: Region 1 Semillas oleaginosas 1,900 349,00

Region 2 Semillas oleaginosas 2,200 404,11

ES Diario Oficial de las Comunidades Europeas 30. 7. 1999L 199/32

Estado miembro Región Referencia Rendimientos (t/ha) Cantidades de referencia (EUR/ha) España:

Secano: 1 Cereales 0,900 84,82

2 Cereales 1,200 113,09

3 Cereales 1,500 141,36

4 Cereales 1,800 169,63

5 Cereales 2,000 188,48

6 Cereales 2,200 207,33

7 Cereales 2,500 235,60

8 Cereales 2,700 254,45

9 Cereales 3,200 301,57

10 Cereales 3,700 348,68

11 Cereales 4,100 386,38

Regadío: 1 Cereales 3,000 282,72

2 Cereales 3,100 292,14

3 Cereales 3,200 301,57

4 Cereales 3,400 320,41

5 Cereales 3,500 329,84

6 Cereales 3,600 339,26

7 Cereales 3,700 348,68

8 Cereales 3,800 358,11

9 Cereales 3,900 367,53

10 Cereales 4,000 376,96

11 Cereales 4,100 386,38

12 Cereales 4,200 395,80

13 Cereales 4,300 405,23

14 Cereales 4,400 414,65

15 Cereales 4,500 424,08

16 Cereales 4,600 433,50

17 Cereales 4,700 442,92

18 Cereales 4,800 452,35

19 Cereales 4,900...

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