Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Tercera), de 14 de julio de 2005, en el asunto C-435/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el hof van beroep te Antwerpen)): British American Tobacco International Ltd, Newman Shipping Agency Company NV contra Belgische Staat («Sexta Directiva IVA Artículos 2 y 27, apartado 5 Impuesto...

SectionDirective
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

-- el Acuerdo entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de la República de Polonia sobre navegación interior, firmado en Varsovia el 8 de noviembre de 1991, y -- el Acuerdo entre el Gobierno de la República Federal de Alemania y el Gobierno de Ucrania sobre navegación interior, firmado en Bonn el 14 de julio de 1992.

2) Desestimar el recurso en todo lo demás.

3) La Comisión de las Comunidades Europeas y la República Federal de Alemania cargarán con sus propias costas.

(1 ) DO C 289, de 29.11.2003.

SENTENCIA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA (Gran Sala) de 14 de julio de 2005 en el asunto C-434/03 (petición de decisión prejudicial planteada por el Hoge Raad der Nederlanden): P. Charles,

T.S. Charles-Tijmens contra Staatssecretaris van Financiën (1 ) ('Sexta Directiva IVA -- Deducción del impuesto soportado -- Bien inmueble utilizado en parte para la empresa y en parte a título privado') (2005/C 217/24) (Lengua de procedimiento: neerlandés) En el asunto C-434/03, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 234 CE, por el Hoge Raad der Nederlanden (Países Bajos), mediante resolución de 10 de octubre de 2003, recibida en el Tribunal de Justicia el 13 de octubre de 2003, en el procedimiento entre P. Charles, T.S. Charles-Tijmens y Staatssecretaris van Financiën, el Tribunal de Justicia (Gran Sala), integrado por el Sr. V.

Skouris, Presidente, los Sres. P. Jann, C.W.A. Timmermans, A.

Rosas, la Sra. R. Silva de Lapuerta y los Sres. K. Lenaerts y A.

Borg Barthet, Presidentes de Sala, y los Sres. S. von Bahr (Ponente), J.N. Cunha Rodrigues, J. Makarczyk, P. Kris, E.

Juhász y G. Arestis, Jueces, Abogado General: Sr. F.G. Jacobs;

Secretaria: Sra. K. Sztranc, administradora, ha dictado el 14 de julio de 2005 una sentencia cuyo fallo es el siguiente:

Los artículos 6, apartado 2, y 17, apartados 2 y 6, de la Directiva 77/388/CEE del Consejo, de 17 de mayo de 1977, Sexta Directiva en materia de armonización de las legislaciones de los Estados miembros relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios -Sistema común del Impuesto sobre el Valor Añadido: base imponible uniforme, en su versión modificada por la Directiva 95/7/CE del Consejo, de 10 de abril de 1995, deben interpretarse en el sentido de que se oponen a una normativa nacional como la controvertida en el asunto principal, adoptada antes de la entrada en vigor de dicha Directiva, que no permite que un sujeto pasivo afecte a su...

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