Anuncio del Gobierno de la República de Polonia relativo a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

SectionDiario Oficial
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

8.5.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 163/64

  1. Artículo 49h, apartado 2, de la Ley de actividades geológicas y mineras [Boletín Oficial polaco (Dziennik Ustaw) 2017, rúbrica 2126].

  2. Reglamento del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2015 sobre las licitaciones para la adjudicación de concesiones para la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos y la extracción de hidrocarburos, y de concesiones para la extracción de hidrocarburos (Boletín Oficial polaco 2015, rúbrica 1171).

  3. Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (DO L 164 de 30.6.1994, p. 3. Edición especial en polaco: capítulo 6, volumen 2, p. 262).

    Nombre: Ministerstwo Środowiska [Ministerio de Medio Ambiente]

    Dirección postal: ul. Wawelska 52/54, 00-922 Varsovia, POLONIA

    Tel. +48 223692449, +48 223692447; fax +48 223692460

    Sitio web: www.mos.gov.pl

    Concesión para la prospección y exploración de petróleo y de gas natural y para la extracción de petróleo y de gas natural en la zona de «Damnica», partes de los bloques de la concesión n.os 7, 8, 27, 28, 47 y 48.

    Los límites de la zona incluida en el presente procedimiento de licitación están determinados por las líneas de unión de los puntos que tienen las coordenadas siguientes del sistema de coordenadas PL-1992:

    Punto n.o X [PL-1992] Y [PL-1992] 1 768 487,609 409 502,868 2 736 256,303 408 926,764 3 737 349,025 370 473,148 4 754 461,086 370 959,415 con el punto n.o 1 siguiendo la costa del mar Báltico

    La superficie de la proyección vertical de la zona incluida en el presente procedimiento de licitación es de 1 039,29 km2.

    La zona incluida en el procedimiento de licitación está situada en la provincia de Pomerania en los siguientes lugares:

    — municipios: Ustka, Smołdzino, Główczyce, Damnica, Potęgowo, Słupsk, Nowa Wieś Lęborska, Wicko,

    — ciudades: Łeba, Słupsk.

    La finalidad de los trabajos que van a llevarse a cabo en las formaciones del Cámbrico, del Ordovícico y del Silúrico es la documentación y la extracción de petróleo y de gas natural en la zona anteriormente descrita.

    Las ofertas deben presentarse en la sede del Ministerio de Medio Ambiente a más tardar a las 16.00 (CET/CEST) del último día del período de noventa y un días que empieza el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Pueden presentar ofertas las entidades respecto a las cuales se haya emitido una decisión que confirme el resultado positivo de un procedimiento de cualificación, como establece el artículo 49a, apartado 16, punto 2, de la Ley de actividades geológicas y mineras, de forma independiente o en calidad de agente si varias entidades solicitan conjuntamente la concesión.

    Las ofertas recibidas serán evaluadas por el comité de evaluación de las ofertas sobre la base de los criterios siguientes:

    30 % — Capacidades financieras que ofrezcan una garantía adecuada de que van a llevarse a cabo las actividades relativas, respectivamente, a la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos y a la extracción de hidrocarburos y, en particular, las fuentes y métodos de financiación de las actividades previstas, incluida la parte de fondos propios y de financiación externa. 25 % — Capacidades técnicas para, respectivamente, la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos y la extracción de hidrocarburos y, en particular, la disponibilidad de un potencial técnico, organizativo, logístico y de recursos humanos adecuado. 20 % — Contenido y calendario de los trabajos geológicos, incluidas las operaciones geológicas o las operaciones mineras propuestas. 10 % — Experiencia en la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos o en la extracción de hidrocarburos, garantizando la seguridad de las operaciones, la protección de la vida y la salud de los animales y los seres humanos y la protección del medio ambiente. 10 % — Tecnología propuesta para la realización de los trabajos geológicos, incluidas las operaciones geológicas, o las operaciones mineras, utilizando elementos innovadores desarrollados para este proyecto. 5 % — Contenido y calendario de la recogida obligatoria de muestras obtenidas durante las operaciones geológicas, incluso mediante testigos de sondeos.

    Si, tras la evaluación de las ofertas sobre la base de los criterios especificados más arriba, dos o más de ellas obtienen la misma puntuación, el importe del canon para el establecimiento de los derechos de usufructo minero durante la fase de prospección y exploración se utilizará como criterio adicional para elegir una de las ofertas.

    Datos de la concesión Nombre de la zona: Damnica Localización: terrestre; bloques de la concesión n.os 7, 8, 27, 28, 47 y 48 Tipo de yacimiento Yacimientos convencionales y no convencionales de petróleo y de gas natural Niveles estructurales Paleozoico Inferior (Caledoniano), Paleozoico Superior (Varisco), Pérmico-Mesozoico. Sistemas de petróleo II — Sistema de petróleo no convencional asociado con el complejo de rocas del Paleozoico Inferior (Cámbrico Superior y Medio, Ordovícico y Silúrico) I — Sistema de petróleo convencional asociado con el complejo de areniscas del Cámbrico Medio Rocas fuente I, II — Arcillas de grano fino y de grano grueso del Cámbrico Inferior, del Ordovícico y del Silúrico Rocas almacén II — Arcillas de grano fino y de grano grueso del Cámbrico Inferior, del Ordovícico y del Silúrico I — Areniscas del Cámbrico Medio Rocas sello I, II — Formaciones evaporíticas del Zechstein; Cámbrico Inferior, Ludlow y Pridoli (Silúrico) (agrupación sello secundari

    1. Grosor del terreno de recubrimiento Unos 3 000 m Tipo de trampa II — Trampas no convencionales I — Trampas convencionales estratigráficas y tectónicas Yacimientos identificados en las proximidades (GN: gas natural; PE: petróleo) «Żarnowiec» (PE); descubierto en 1972; producción acumulada: (44 años) 9 721 toneladas de condensado; 26 930 000 m3 de gas asociado; en 2015: producción: 110 toneladas de condensado, 70 000 m3 de gas asociado; reservas y recursos 42 330 toneladas (industriales, 1 680 toneladas); 6 960 000 m3 (industriales, 1 390 000 m3) «Żarnowiec W» (PE); descubierto en 1990; producción acumulada: (21 años) 4 200 toneladas de condensado; 25 650 000 m3 de gas asociado; en 2015: producción: 110 toneladas de condensado, 70 000 m3 de gas asociado; reservas y recursos 17 810 toneladas (industriales, 3 850 toneladas); 2 350 000 m3 (industriales, 1 500 000 m3) «Dębki» (PE); descubierto en 1978, producción acumulada (44 años) 36 169 toneladas de petróleo, 10 201 000 m3 de gas asociado; producción en 2015: 610 toneladas de petróleo, 220 000 m3 de gas asociado; reservas y recursos 8 620 toneladas (industriales, 5 190 toneladas); 3 000 000 m3 (industriales, 4 230 000 m3) «Białogóra–E» (PE); descubierto en 1991, producción acumulada (16 años) 2 917 toneladas de petróleo, 2 418 500 m3 de gas asociado; producción en 2015: nada; reservas y recursos fuera de balance 1 430 toneladas (industriales, 380 toneladas); fuera de balance 860 000 m3 (industriales, 1 020 000 m3) Levantamientos sismológicos completados (titular) 1959 Ustka – Kołobrzeg (Tesoro) 1960 Ustka – Łeba (Tesoro) 1968 Darłowo-Słupsk-Łeba (Tesoro) 1971 Darłowo – Wejherowo (Tesoro) 1972 Ustka-Łeba, Żarnowiec – Władysławowo (Tesoro) 1987 Kostrzyn – Lębork (Tesoro) 2011 Damnica 3D (Tesoro) 2012 PL1-5600 Realizado en el marco del proyecto PolandSPAN Pozos de referencia (TVD): Lębork IG 1 (3 310,0 m) Łeba 8 (3 340,0 m)

    Las actividades cubiertas por la concesión empezarán en el plazo de catorce días a partir de la fecha de adopción definitiva de la decisión de adjudicación de la concesión.

    El adjudicatario debe proporcionar una garantía que cubra el incumplimiento...

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