Anuncio del Gobierno de la República de Polonia relativo a la Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos

SectionNotificación
Issuing OrganizationParlamento Europeo y Consejo de la Unión Europea

19.3.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 105/63

  1. Artículo 49h, apartado 2, de la Ley de actividades geológicas y mineras [Boletín de leyes (Dziennik Ustaw) 2017, rúbrica 2126, en su forma modificada].

  2. Reglamento del Consejo de Ministros de 28 de julio de 2015 sobre las licitaciones para la adjudicación de concesiones para la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos y la extracción de hidrocarburos, y de concesiones para la extracción de hidrocarburos (Boletín Oficial polaco 2015, rúbrica 1171).

  3. Directiva 94/22/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 1994, sobre las condiciones para la concesión y el ejercicio de las autorizaciones de prospección, exploración y producción de hidrocarburos (DO L 164 de 30.6.1994, p. 3. Edición especial en polaco: capítulo 6, volumen 2, p. 262).

    Nombre: Ministerstwo Środowiska [Ministerio de Medio Ambiente]

    Dirección postal: ul. Wawelska 52/54, 00-922 Varsovia, Polonia;

    Tel. +48 223692449 fax +48 223692460

    Sitio web: www.gov.pl/web/srodowisko

    Concesión para la prospección y exploración de yacimientos de petróleo y de gas natural y para la extracción de petróleo y de gas natural en la zona de «Ryki», partes de los bloques de la concesión n.os 276, 277, 296 y 297.

    Los límites de la zona incluida en el presente procedimiento de licitación están determinados por las líneas de unión de los puntos que tienen las coordenadas siguientes en el sistema de coordenadas PL-1992:

    Punto n.o X [PL-1992] Y [PL-1992] 1 407 494,46 731 105,39 2 398 381,37 724 478,08 3 391 027,02 724 815,79 4 398 721,51 708 533,60 5 406 938,85 691 560,89 6 417 513,16 683 035,52 7 420 895,35 682 945,76 8 420 925,35 682 944,96 9 421 010,20 685 294,80 10 420 923,26 685 271,71 11 420 469,35 685 725,44 12 420 460,44 686 189,02 13 419 968,31 687 320,49 14 419 554,49 687 716,99 15 419 553,99 688 409,45 16 420 317,35 689 664,43 17 420 580,60 689 659,36 18 421 133,16 688 618,60 19 421 361,48 694 639,27 20 424 645,99 692 342,61 21 435 143,76 691 942,04 22 435 481,97 700 604,25

    La superficie de la proyección vertical de la zona incluida en el presente procedimiento de licitación es de 1 047,73 km2.

    La zona incluida en el procedimiento de licitación está situada en los siguientes lugares:

    — municipios: Baranów, Końskowola, Markuszów, Kurów, Żyrzyn, Puławy, Kłoczew, Ułęź, Stężyca, Nowodwór, Abramów y Michów;

    — municipios urbanos/rurales: Ryki y Nałęczów; ciudades: Puławy y Dęblin en la provincia de Lublin, y

    — municipios: Trojanów, Garbatka-Letnisko, Sieciechów y Gniewoszów;

    — municipios urbanos/rurales: Kozienice en la provincia de Mazovia.

    La finalidad de los trabajos que van a llevarse a cabo en las formaciones del Devónico y del Carbonífero es la documentación y la extracción de petróleo y de gas natural en la zona anteriormente descrita.

    Las ofertas deben presentarse en la sede del Ministerio de Medio Ambiente a más tardar a las 12.00 horas (CET/CEST) del último día del período de 121 días que empieza el día siguiente al de la publicación del anuncio en el Diario Oficial de la Unión Europea.

    Pueden presentar ofertas las entidades respecto a las cuales se haya emitido una decisión que confirme el resultado positivo de un procedimiento de cualificación, como establece el artículo 49a, apartado 16, punto 1, de la Ley de actividades geológicas y mineras, de forma independiente o en calidad de operador si varias entidades solicitan conjuntamente la concesión.

    Las ofertas recibidas serán evaluadas por el comité de evaluación de las ofertas sobre la base de los criterios siguientes:

    30 % : Capacidades financieras que ofrezcan una garantía adecuada de que van a llevarse a cabo las actividades relativas, respectivamente, a la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos y a la extracción de hidrocarburos y, en particular, las fuentes y métodos de financiación de las actividades previstas, incluida la parte de fondos propios y de financiación externa. 25 % : Capacidades técnicas para, respectivamente, la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos y la extracción de hidrocarburos y, en particular, la disponibilidad de un potencial técnico, organizativo, logístico y de recursos humanos adecuado (incluido el 5 % para el margen de colaboración, en relación con el desarrollo y la aplicación de soluciones innovadoras para la prospección, exploración y extracción de hidrocarburos, con organismos científicos que lleven a cabo investigaciones sobre la geología de Polonia, y de instrumentos, tecnologías y métodos analíticos para la prospección de yacimientos de hidrocarburos que tengan en cuenta las condiciones geológicas específicas de Polonia y que puedan aplicarse en esas condiciones). 20 % : Contenido y calendario de los trabajos geológicos, incluidas las operaciones geológicas o las operaciones mineras propuestas. 10 % : Experiencia en la prospección y exploración de yacimientos de hidrocarburos o en la extracción de hidrocarburos, garantizando la seguridad de las operaciones, la protección de la vida y la salud de los animales y los seres humanos y la protección del medio ambiente. 10 % : Tecnología propuesta para la realización de los trabajos geológicos, incluidas las operaciones geológicas, o las operaciones mineras, utilizando elementos innovadores desarrollados para este proyecto. 5 % : Contenido y calendario de la recogida obligatoria de muestras obtenidas durante las operaciones geológicas, incluso mediante testigos de sondeos.

    Si, tras la evaluación de las ofertas sobre la base de los criterios especificados más arriba, dos o más de ellas obtienen la misma puntuación, el importe del canon para el establecimiento de los derechos de usufructo minero durante la fase de prospección y exploración se utilizará como criterio adicional para elegir una de las ofertas.

    Datos de la concesión Nombre de la zona: Ryki Localización: terrestre; bloques de la concesión n.os 276, 277, 296 y 297 Tipo de yacimiento Yacimientos convencionales de gas natural y de petróleo Yacimientos no convencionales de gas natural Niveles estructurales Cenozoico Mesozoico Paleozoico Sistemas de petróleo I: convencional, Paleozoico superior (Devónico y Carbonífero) II: no convencional, Paleozoico (Devónico) Rocas fuente I: arcillas de grano fino y de grano grueso del Devónico (Frasniense y Fameniense) y sedimentos arcillosos de grano grueso del Carbonífero II: piedra caliza del Devónico superior (Frasniense) Rocas almacén I: sedimentos clásticos y arenisca del Carbonífero superior con inclusiones de arcillas de grano grueso del Devónico superior (Fameniense) II: piedra caliza del Devónico superior (Frasniense) Rocas sello I: rocas arcillosas de grano grueso, carbonatadas, margosas y, en algunos lugares, evaporíticas del Devónico y complejos de arenisca y arcillas de grano grueso y de grano fino del Carbonífero II: piedra caliza del Devónico superior (Frasniense) Grosor del terreno de recubrimiento desde 1 150 m en la zona sureste hasta 1 500 m en la zona noroeste Tipo de trampa I: estructural, estratigráfica, estructural-estratigráfica II: no convencional Yacimientos identificados en las proximidades (GN: gas natural; PE: petróleo) Glinnik (PE), producción (2016): 280 toneladas, reservas y recursos (2016): 7 380 toneladas, recursos industriales (2016): 4 760 toneladas Glinnik (GN asociado), producción: 50 000 m3, reservas y recursos: 590 000 m3, industrial: 430 000 m3 Stężyca (GN), producción (2016): 500 000 m3, reservas y recursos (2016): 401 820 000 m3, industrial (2016): 105 360 000 m3 Levantamientos sismológicos completados (titular) 1974, cuenca de Lublin 2D (Tesoro) 1979-1981, 1983-1986-1989, Tłuszcz-Dęblin-Lublin 2D (Tesoro) 1985, Wilga-Abramów 2D (Tesoro) 1989, 1991, 1993-1994, Tłuszcz-Dęblin-Lublin 2D (PGNiG) 1989-1992, Wilga-Abramów 2D (PGNiG) 1992, 1994, 1996, Żelechów-Radzyń Podlaski-Kock 2D (PGNiG) 1993, Żelechów-Radzyń Podlaski 2D (PGNiG) 1995-1997, Ryki-Żyrzyn 2D (PGNiG) 1995, Stężyca 3D (PGNiG) 1998...

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