Anuncio de puesto vacante n.o 6/2019 (Publicación con arreglo al artículo 29, apartado 2, del Estatuto de los funcionarios)

SectionDiario Oficial

18.3.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea CA 102/1

El Supervisor Europeo de Protección de Datos (SEPD) ha tomado la decisión de cubrir un puesto de grado AD 15 en su plantilla de efectivos.

POR CORREO : SECRETARÍA DEL SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS Secretaria General GRADO : AD 15 LUGAR : BRUSELAS

El SEPD es una autoridad de control independiente cuya función es velar por que las instituciones y los organismos de la Unión Europea respeten el derecho a la intimidad cuando traten datos personales o desarrollen nuevas políticas y presta funciones de secretaría al Comité Europeo de Protección de Datos.

El SEPD se creó en 2004 y en la actualidad su plantilla se compone de aproximadamente 100 efectivos, divididos en seis unidades/sectores, bajo la coordinación de un director, cada uno con su jefe de unidad/sector: supervisión y cumplimiento, política y consulta, política de tecnología de la información, información y comunicación, gestión de registros y recursos humanos, presupuesto y administración (véase más información en nuestro sitio web). El SEPD también presta funciones de secretaría para el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD).

Bajo la autoridad del Supervisor (1), el Secretario General tendrá encomendada la función de:

— asumir la posición de Jefe de la Secretaría, asistido por el Director en materia de presupuesto y administración así como otras tareas y responsabilidades;

— interactuar con el Supervisor y el Director en la alta dirección de la institución;

— sustituir al Supervisor en caso de ausencia o impedimento para el ejercicio de sus funciones;

El Secretario General será responsable de:

— la preparación y aplicación, conjuntamente con el Director, de las políticas del SEPD en el contexto de la aplicación del Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (2), y otros actos de la UE en los que el SEPD sea o vaya a ser competente, en particular el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el...

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