Anuncio relativo a una solicitud con arreglo al artículo 35 de la Directiva 2014/25/UE — Solicitud presentada por una entidad adjudicadora

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14.2.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 58/15

El 27 de noviembre de 2018, el Órgano de Vigilancia de la AELC recibió una solicitud con arreglo al artículo 35 de la Directiva 2014/25/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (1). El 28 de noviembre de 2018 fue el primer día hábil siguiente a la recepción de la solicitud.

Esta solicitud, presentada por Nettbuss AS, se refiere a la explotación de servicios de transporte público en autobús en Noruega. El artículo 34 de la Directiva 2014/25/UE, en su versión adaptada al Acuerdo EEE, dispone lo siguiente: «La presente Directiva no se aplicará a los contratos destinados a hacer posible la prestación de una actividad contemplada en los artículos 8 a 14, siempre que el Estado miembro o las entidades adjudicadoras que hayan presentado la solicitud con arreglo al artículo 35 puedan demostrar que, en el Estado miembro en que se efectúe dicha actividad, esta está sometida directamente a la competencia en mercados cuyo acceso no esté limitado; tampoco se aplicará a los concursos de proyectos que se organicen para el ejercicio de esa actividad en dicho ámbito geográfico». La evaluación de la exposición directa a la competencia que puede efectuarse en el contexto de la Directiva 2014/25/UE debe entenderse sin perjuicio de la aplicación plena del Derecho de competencia.

El Órgano de Vigilancia de la AELC dispone de un plazo de 130 días hábiles para tomar una decisión relativa a esta solicitud, a...

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