Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Quinta) de 14 de junio de 2001 en el asunto C-40/00: Comisión de las Comunidades Europeas contra República Francesa ('Incumplimiento de Estado Artículo 17, apartados 2 y 6, de la Sexta Directiva del IVA Restablecimiento, después de la fecha de entrada en vigor de la Directiva, de la supresión completa...

SectionDirective
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

28.7.2001 ES C 212/3Diario Oficial de las Comunidades Europeas (agente: Sra. C. Pesendorfer), que tiene por objeto que se declare Francesa (agentes: Sra. K. Rispal-Bellanger y Sr. S. Seam), que tiene por objeto que se declare que la Repu¥blica Francesa haque la Repu¥blica de Austria ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del Tratado CE al no haber adoptado, incumplido las obligaciones que le incumben en virtud del arti¥culo 17, apartado 2, de la Directiva 77/388/CEE deldentro del plazo sen~alado, todas las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumpli- Consejo, de 17 de mayo de 1997, Sexta Directiva en materia de armonizacio¥n de las legislaciones de los Estados miembrosmiento a la Directiva 95/30/CE de la Comisio¥n, de 30 de junio de 1995, por la que se adapta al progreso tÈcnico la Directiva relativas a los impuestos sobre el volumen de negocios -Sistema comu¥n del impuesto sobre el valor an~adido: base90/679/CEE del Consejo, sobre la proteccio¥n de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposicio¥n a agentes imponible uniforme (DO L 145, p. 1; EE 09/01, p. 54), en la versio¥n resultante de la Directiva 95/7/CE del Consejo, debiolo¥gicos durante el trabajo (SÈptima Directiva especi¥fica con arreglo al apartado 1 del arti¥culo 16 de la Directiva 10 de abril de 1995, por la que se modifica la Directiva 77/388 y por la que se establecen nuevas medidas de simplificacio¥n89/391/CEE) (DO L 155, p. 41), el Tribunal de Justicia (Sala Tercera), integrado por los Sres. C. Gulmann, Presidente de referentes al impuesto sobre el valor an~adido -- a¥mbito de aplicacio¥n de determinadas exenciones y modalidades pra¥cticasSala, J.-P. Puissochet y J.N. Cunha Rodrigues (Ponente), Jueces;

Abogado General: Sr. L.A. Geelhoed; Secretario: Sr. R. Grass, de aplicacio¥n (DO L 102, p. 18), al restablecer, a partir del 1 de enero de 1998, una supresio¥n completa del derecho aha dictado el 14 de junio de 2001 una sentencia cuyo fallo es el siguiente: deduccio¥n del impuesto sobre el valor an~adido que grava el gaso¥leo utilizado como carburante de vehi¥culos para los 1) Se declara que la Repu¥blica de Austria ha incumplido las que no existe derecho a deduccio¥n, tras haber introducido obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva parcialmente tal derecho a deduccio¥n en varias fases, el 95/30/CE de la Comisio¥n, de 30 de junio de 1995, por la que Tribunal de Justicia (Sala Quinta)...

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