Reglamento (CE) nº 557/2009 de la Comisión, de 25 de junio de 2009, relativo a la asignación de derechos de importación para las solicitudes presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010 en el marco de los contingentes arancelarios abiertos por el Reglamento (CE) nº 412/2008 para la carne de vacuno congelada destinada a la transformación

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

26.6.2009 Diario Oficial de la Unión Europea L 164/39

ES

REGLAMENTO (CE) N o 557/2009 DE LA COMISIÓN

de 25 de junio de 2009

relativo a la asignación de derechos de importación para las solicitudes presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010 en el marco de los contingentes arancelarios abiertos por el Reglamento (CE) n o 412/2008 para la carne de vacuno congelada destinada a la transformación

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) n o 1234/2007 del Consejo, de 22 de octubre de 2007, por el que se crea una organización común de mercados agrícolas y se establecen disposiciones específicas para determinados productos agrícolas (Reglamento único para las OCM)

( 1 ),

Visto el Reglamento (CE) n o 1301/2006 de la Comisión, de 31 de agosto de 2006, por el que se establecen normas comunes de gestión de los contingentes arancelarios de importación de productos agrícolas sujetos a un sistema de certificados de importación

( 2 ), y, en particular, su artículo 7, apartado 2,

Considerando lo siguiente:

(1) El Reglamento (CE) n o 412/2008 de la Comisión, de 8 de mayo de 2008, relativo a la apertura y al modo de gestión de un contingente arancelario de importación de carne de vacuno congelada destinada a la transformación

( 3 ), abrió contingentes arancelarios para la importación de productos del sector de la carne de vacuno.

(2) Las solicitudes de derechos de importación presentadas para el período comprendido entre el 1 de julio de 2009 y el 30 de junio de 2010 son superiores a las cantidades disponibles en el caso de los derechos correspondientes al contingente con el número de orden 09.4057. Procede, por lo tanto, determinar en qué medida pueden concederse dichos derechos de importación, mediante la fijación del coeficiente de asignación aplicable a las cantidades solicitadas.

HA ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

A las solicitudes de derechos de importación presentadas para el período comprendido...

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