Asunto C-398/15: Petición de decisión prejudicial planteada por la Corte suprema di cassazione (Italia) el 23 de julio de 2015 — Camera di Commercio, Industria, Artigianato e Agricoltura di Lecce/Salvatore Manni

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationTribunal de Justicia

26.10.2015 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 354/20

Lengua de procedimiento: italiano

Corte suprema di cassazione

Recurrente: Camera di Commercio, Industria, Artigianato e Agricoltura di Lecce

Recurrido: Salvatore Manni

1) ¿Prevalece y, por consiguiente, se opone, el principio de conservación de los datos personales en una forma que permita la identificación de los interesados durante un período no superior al necesario para los fines para los que fueron recogidos o para los que se traten ulteriormente, previsto en el artículo 6, letra e), de la Directiva 95/46/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995 (1), transpuesta en el Derecho italiano, mediante el Decreto Legislativo no 196, de 30 de junio de 2003, al sistema de publicidad que opera el registro de sociedades, previsto en la Primera Directiva 68/151/CEE del Consejo, de 9 de marzo de 1968 (2), y, en el Derecho interno, en los artículos 2188 del Código Civil y 8 de la Ley no 580, de 29 de diciembre de 1993, en la medida en que exige que cualquier persona, sin límite temporal, pueda conocer los datos de las personas físicas que constan en ese registro

2) ¿Permite el artículo 3 de la Primera Directiva 68/151/CEE del Consejo, de 9 de marzo de 1968 que, como excepción a que los datos publicados en el registro de sociedades tengan vigencia ilimitada y puedan ser consultados por destinatarios indeterminados, tales datos ya no sean «públicos» en ese doble sentido, sino que sólo estén disponibles durante un período limitado o para destinatarios...

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