Asunto C-562/15: Sentencia del Tribunal de Justicia (Sala Segunda) de 8 de febrero de 2017 (petición de decisión prejudicial planteada por la Cour d’appel de Paris — Francia) — Carrefour Hypermarchés SAS/ITM Alimentaire International SASU (Procedimiento prejudicial — Publicidad comparativa — Directiva 2006/114/CE — Artículo 4 — Directiva 2005/29/CE — Artículo 7 — Comparación objetiva de precios — Omisión engañosa — Publicidad que compara los precios de productos vendidos en establecimientos de tamaños o formatos diferentes — Licitud — Información sustancial — Grado y soporte de la información)

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationTribunal de Justicia de las Comunidades Europeas

3.4.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 104/19

Lengua de procedimiento: francés

Cour d’appel de Paris

Demandante: Carrefour Hypermarchés SAS

Demandada: ITM Alimentaire International SASU

El artículo 4, letras a) y c), de la Directiva 2006/114/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa, en relación con el artículo 7, apartados 1 a 3, de la Directiva 2005/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2005, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, que modifica la Directiva 84/450/CEE del Consejo, las Directivas 97/7/CE, 98/27/CE y 2002/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CE) n.o 2006/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo («Directiva sobre las prácticas comerciales desleales»), debe interpretarse en el sentido de que una publicidad, como la controvertida en el litigio principal, que compara los precios de productos vendidos en establecimientos de tamaños o formatos diferentes, cuando estos establecimientos forman parte de grupos que poseen una gama de establecimientos de tamaños y formatos diferentes y el anunciante compara los precios aplicados en los establecimientos de tamaños o formatos superiores de su grupo con los aplicados en establecimientos de tamaños o formatos inferiores de los grupos competidores, puede ser ilícita, en el sentido de la primera de esas disposiciones, a menos que se informe a los consumidores, de manera clara y mediante el propio mensaje publicitario, de...

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