Asunto T-308/13: Recurso interpuesto el 7 de junio de 2013 — Repsol/OAMI — Argiles (ELECTROLINERA)
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ES Diario Oficial de la Unión Europea 3.8.2013
Titular de la marca comunitaria: La demandante
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Motivación de la solicitud de nulidad: La motivación de la solicitud de nulidad se basa en los artículos 53, apartado 1, letra a), y 8, apartado 1, letra b), del Reglamento n o 207/2009
Resolución de la División de Anulación: Declaración de la nulidad parcial de la marca comunitaria
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 53, apartado 1, letra a), del Reglamento n o 207/2009, en relación con el artículo 8, apartado 1, letra b), del mismo.
Recurso interpuesto el 5 de junio de 2013 - Silicium España Laboratorios/OAMI - LLR-G5 (LLRG5)
(Asunto T-306/13)
(2013/C 226/29)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: inglés
Silicium España Laboratorios, S.L. (Vila-Seca, Tarragona) (representante: C. Sueiras Villalobos, abogado)
Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso de la OAMI: LLR-G5 Ltd (Castlebar, Irlanda)
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
- Anule la resolución de la Primera Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 7 de marzo de 2013 (asunto R 383/2012-1) en la medida en que declara la nulidad de la marca comunitaria n o 3.384.625, «LLRG5», por haber sido solicitada de mala fe.
la resolución de la División de Anulación de 20 de diciembre de 2011 en el asunto 4174 C.
Condene a la OAMI a cargar con sus propias costas y con las de Silicium correspondientes a estos procedimientos.
Motivos y principales alegaciones
Marca comunitaria registrada, respecto de la que se interpuso un recurso de anulación: Marca denominativa «LLRG5» - Registro de marca comunitaria n o 3.384.625
Titular de la marca comunitaria: La demandante
Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: La otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso
Motivación de la solicitud de nulidad: Los motivos de la solicitud de declaración de nulidad son los previstos en el artículo 52, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo
Resolución de la División de Anulación: Desestimación de la solicitud de declaración de nulidad
Resolución de la Sala de Recurso: Anulación de la resolución impugnada y declaración de nulidad de la marca...
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