Asunto T-192/11: Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2011 — Seka Yapo y otros/Consejo
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ES Diario Oficial de la Unión Europea 21.5.2011
Motivos y principales alegaciones
En apoyo de su recurso, las partes demandantes invocan dos
Primer motivo, basado en una ilegalidad externa de la decisión impugnada por una desviación de poder y por una vulneración de los principios de presunción de inocencia, legalidad de los delitos y de las penas, non bis in idem y contradictorio, así como a un proceso justo.
Segundo motivo, basado en una ilegalidad interna de la decisión impugnada por una infracción del derecho de propiedad y de los principios de dignidad humana y de igualdad, por una vulneración de las libertades de los TRABELSI, por el ataque a la vida privada y por una discriminación en relación con un niño minusválido.
interpuesto el 24 de marzo de 2011 - Yordanov/OAMI - Distribuidora comercial del frío
(DISCO DESIGNER)
(Asunto T-189/11)
(2011/C 152/53)
Lengua en la que ha sido redactado el recurso: alemán
Peter Yordanov (Rousse, Bulgaria) (representante: T. Walter, abogado)
Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos)
Otra parte en el procedimiento ante la Sala de Recurso: Distribuidora comercial del frío, SA (Madrid)
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
- Anule la resolución de la Segunda Sala de Recurso de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (Marcas, Dibujos y Modelos) de 14 de enero de 2011 en el asunto R 803/2010-2.
- Condene en costas a la parte demandada.
Motivos y principales alegaciones
Solicitante de la marca comunitaria: El demandante
Marca comunitaria solicitada: La marca denominativa «DISCO DESIGNER» para productos de las clases 11, 19 y 20
Titular de la marca o del signo invocado en el procedimiento de Distribuidora comercial del frío, SA
Marca o signo invocado en el procedimiento de oposición: La marca figurativa que contiene el elemento denominativo «DISCO», para productos de la clase 11
Resolución de la División de Oposición: Estimación de la oposición
Resolución de la Sala de Recurso: Desestimación del recurso
Motivos invocados: Infracción del artículo 8, apartado 1, letra b), del Reglamento (CE) n o 207/2009, ( 1
) por considerar que no existe riesgo de confusión entre las marcas en conflicto y que la Sala de Recurso se basó erróneamente en la identidad de las marcas comparadas.
( 1 ) Reglamento (CE) n o 207/2009 del Consejo, de 26 de febrero de 2009, sobre la marca comunitaria (DO L 78, p. 1).
Recurso interpuesto el 31 de marzo de 2011 - Seka Yapo y...
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