Asunto T-16/18: Recurso interpuesto el 17 de enero de 2018 — Activos e Inversiones Monterroso/JUR

Sectioninformación judicial

5.3.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 83/22

Lengua de procedimiento: español

Demandante: Activos e Inversiones Monterroso, S.L. (Pantoja, España) (representante: S. Rodríguez Bajón, abogado)

Demandada: Junta Única de Resolución

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Dicte Resolución por la que se anule la Decisión de la JUR de 8 de noviembre de 2017.

— Otorgue a la parte demandante acceso al expediente en los términos expresados en el escrito de demanda.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca cinco motivos:

  1. La JUR en su Decisión de 8 de noviembre de 2017 confunde claramente el derecho general de acceso a los documentos y que puede ser postulado por cualquier ciudadano de la Unión Europea, y el derecho más concreto de acceso al expediente que tan sólo puede ser ejercido por los interesados en el procedimiento objeto de ese expediente. Pues bien la JUR aduce que en base a ambos derechos el listado de documentos al que puede acceder el solicitante es el mismo, afirmación que deviene contraria a derecho. El derecho de acceso al expediente es un derecho palmariamente distinto al derecho de acceso a los documentos. Mientras el primero es uno de los derechos que integran el «derecho a una buena administración» que se predica de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, el segundo es un derecho autónomo de carácter mucho más general y relacionado con el principio de transparencia pública.

  2. Esta diferencia existente entre ambos derechos determina que éstos se dirijan a sujetos diferentes y tengan distinta proyección de tal forma que el derecho de acceso al expediente sólo podrá ser solicitado por los interesados en el procedimiento en cuestión, mientras que el derecho de acceso a los documentos se reconoce a cualquier ciudadano de la Unión Europea respecto de los documentos que obren en sus Instituciones.

  3. La distinta proyección de estos derechos implica necesariamente que el conjunto de excepciones que le son aplicables a cada uno de ellos también sean dispares. De este modo si bien una de las excepciones al derecho de acceso a los documentos es que éste no provoque un...

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