Asunto T-172/16: Recurso interpuesto el 15 de abril de 2016 — Centro Clinico e Diagnostico G.B. Morgagni/Comisión

Sectioninformación judicial

13.6.2016 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 211/61

Lengua de procedimiento: italiano

Demandante: Centro Clinico e Diagnostico G.B. Morgagni SRL (Catania, Italia) (representante: E. Castorina, abogado)

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule la Decisión (UE) 2016/195 de la Comisión, de 14 de agosto de 2015, notificada como Decisión C(2015) 5549 final y publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea de 18 de febrero de 2016, en la parte en que dispone que «Italia cancelará todos los pagos pendientes de las ayudas concedidas en virtud del régimen mencionado en el artículo 1 con efecto a partir de la fecha de adopción de la presente Decisión» (art. 4, ap. 5) y, en todo caso, en cualquier parte de la misma de la que pueda derivarse la caducidad del derecho de la sociedad demandante a obtener la devolución de las cantidades abonadas por ella a la Agenzia delle Entrate del Estado italiano superiores al 10 % de regularización a tanto alzado de la propia situación fiscal (años 1990-1992) a la que se refiere el artículo 9, apartado 17, de la Ley n.o 289/2002, derecho sobre el cual ha recaído sentencia en el ordenamiento nacional italiano.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca un único motivo.

— Alega a este respecto que, mientras que, a través de la Decisión impugnada, la Comisión Europea ha reconocido que es objetivamente imposible recuperar (de las demás empresas que se limitaron a abonar el 10 % de lo que debían) la ayuda estatal considerada ilegal, tanto de hecho como desde un punto de vista jurídico no cabe ciertamente negar, respetando los principios antes mencionados, el derecho de la demandante a que se le devuelvan las...

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