Asunto T-39/17: Recurso interpuesto el 20 de enero de 2017 — Chambre de commerce et d’industrie métropolitaine Bretagne-ouest (port de Brest)/Comisión
Section | información judicial |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
3.4.2017 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 104/54
Lengua de procedimiento: francés
Demandante: Chambre de commerce et d’industrie métropolitaine Bretagne-ouest (port de Brest) (Brest, Francia) (representante: J. Vanden Eynde, abogado)
Demandada: Comisión Europea
La parte demandante solicita al Tribunal General que:
— Declare admisible y fundado el recurso y, en consecuencia:
— Anule la decisión de la Comisión Europea de 22 de noviembre de 2016 [C (2016) 7755 final] a fin de estimar la solicitud inicial de la demandante, es decir: «Con carácter preliminar, los firmantes del presente desean recibir, con arreglo al Reglamento n.o 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión, la copia completa del cuestionario y de las respuestas a las que la Comisión hace referencia en su anuncio 2016/C 302/03 publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea, el 19 de agosto de 2016».
— Condene en costas a la parte demandada.
En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca principalmente cuatro motivos.
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Primer motivo, basado en el interés público superior en la divulgación de la información recabada. A su juicio, la Comisión consideró erróneamente que la demandante no había demostrado tal interés público superior, pese a que éste se demostró por los Tratados Europeos, a saber, los artículos 10, apartado 3, y 11, apartado 2, del Tratado de la Unión Europea («TUE») pero también los artículos 15, apartado 1, y 298, apartados 1 y 2 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea («TFUE»), así como el artículo 42 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea («Carta»).
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Segundo motivo, basado en la primacía de los Tratados Europeos y de la Carta sobre el Reglamento n.o 1049/2001. La demandante considera que el citado Reglamento, que incluye restricciones legales a los principios de transparencia, participación y apertura, debe interpretarse y aplicarse de manera muy restrictiva teniendo en cuenta la secuencia temporal de adopción de los textos legales y de la Carta. Así, considera que...
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