Asunto T-486/18: Recurso interpuesto el 15 de agosto de 2018 — Danske Slagtermestre/Comisión Europea

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

22.10.2018 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 381/28

Lengua de procedimiento: danés

Demandante: Danske Slagtermestre (Odense, Dinamarca) (representante: H. Sønderby Christensen, abogado)

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule la Decisión de la Comisión Europea de 19 de abril de 2018 en el asunto de la ayuda de Estado SA.37433(2017/FC), notificada como documento C(2018) 2259.

— Condene en costas a la Comisión Europea.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca siete motivos.

  1. Primer motivo, basado en que la Comisión violó el principio de contradicción. Danske Slagtermestre aduce que la Comisión violó el principio de contradicción, establecido en el artículo 41, apartado 2, letra a), de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en la medida en que no le dio la oportunidad de ser oída en relación con las alegaciones de la parte contraria, basándose en las cuales la Comisión se pronunció en este asunto.

  2. Segundo motivo, basado en que la Comisión no fue imparcial al pronunciarse. Danske Slagtermestre alega que la Comisión vulneró su derecho a un trato imparcial.

  3. Tercer motivo, basado en que la ayuda concede una ventaja.

  4. Cuarto motivo, basado en que la ayuda es selectiva.

  5. Quinto motivo, basado en que la ayuda la concede el Estado o se concede con recursos estatales.

  6. Sexto motivo, basado en que la ayuda distorsiona la competencia.

  7. Séptimo motivo, basado en que la ayuda afecta al comercio entre Estados miembros.

La parte demandante alega, en apoyo a los motivos tercero a séptimo, entre otros, que la Comisión incurrió en error de Derecho al declarar que la medida no confería una ventaja a determinadas empresas.

— En primer lugar, se aduce que la medida confiere a los mataderos mayores una ventaja obvia dado que la medida garantiza que los mataderos más pequeños paguen más del doble de tasas por aguas residuales por animal sacrificado si se compara con los mataderos mayores, que, en consecuencia, pueden pagar un precio mayor a los proveedores.

— En segundo lugar, se alega que no hay razón objetiva...

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