Asunto T-616/18: Recurso interpuesto el 15 de octubre de 2018 — Polskie Górnictwo Naftowe i Gazownictwo S.A./Comisión Europea

Sectioninformación judicial
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

7.1.2019 ES Diario Oficial de la Unión Europea C 4/31

Lengua de procedimiento: polaco

Demandante: Polskie Górnictwo Naftowe i Gazownictwo S.A. (Varsovia, Polonia) (representantes: E. Buczkowska y M. Trepka, abogados [radcy prawni])

Demandada: Comisión Europea

La parte demandante solicita al Tribunal General que:

— Anule la Decisión de la Comisión de 24 de mayo de 2018 relativa a un procedimiento de conformidad con el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y del artículo 54 del Acuerdo EEE (Asunto AT.39816 — Suministro de gas en sentido ascendente en Europea Central y Oriental), (1) por la que se dio por terminado, mediando la adopción de compromisos obligatorios por parte de la sociedad anónima Gazprom i Gazprom Export LLC (en lo sucesivo, «Gazprom»), la instrucción de un procedimiento con arreglo al artículo 9 del Reglamento (CE) n.o 1/2003 (2) del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativo a la aplicación de las normas sobre competencia previstas en los artículos 81 [CE] y 82 [CE].

— Condene en costas a la Comisión.

En apoyo de su recurso, la parte demandante invoca seis motivos:

  1. Primer motivo, basado en que, mediante la adopción de la Decisión, la Comisión ha infringido de manera manifiesta el artículo 9 del Reglamento n.o 1/2003, en relación con el artículo 102 TFUE, y ha violado el principio de proporcionalidad, ya que ha incurrido en error manifiesto al valorar el material probatorio aportado y concluir que no eran fundadas las reservas expresadas en el procedimiento AT.39816 en relación con que Gazprom supeditara el suministro de gas a Polonia a su control de la infraestructura gasística polaca, por lo que como consecuencia de dicho error ha impuesto a Gazprom compromisos que pasan por alto dichas reservas.

  2. Segundo motivo, basado en que, mediante la adopción de la Decisión, la Comisión ha infringido de manera manifiesta el artículo 9 del Reglamento n.o 1/2003, en relación con el artículo 102 TFUE, y ha violado el principio de proporcionalidad, ya que se le han impuesto a Gazprom, en relación con la aplicación por parte de dicha de empresa de precios desleales y extremadamente inflados, compromisos que no tienen en cuenta adecuadamente las reservas de la Comisión, las cuales se referían esencialmente a dicha aplicación de precios por parte de esa empresa en la medida en que ejerce una posición de dominio.

  3. Tercer motivo, basado en que, mediante la adopción de la Decisión, la Comisión ha infringido de...

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