Asunto T-559/08: Auto del Tribunal de Primera Instancia de 17 de noviembre de 2009 — STIM d’Orbigny/Comisión

SectionDictámenes

ES Diario Oficial de la Unión Europea 16.1.2010

Auto del Tribunal de Primera Instancia de 30 de octubre de 2009 - Nestlé/OAMI - Quick (QUICKY)

(Asunto T-74/04) ( 1 )

(2010/C 11/70)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Quinta ha resuelto archivar el asunto.

( 1 ) DO C 94, de 17.4.2004.

Auto del Tribunal de Primera Instancia de 13 de noviembre de 2009 - Lumenis/OAMI (FACES)

(Asunto T-301/07) ( 1

)

(2010/C 11/71)

Lengua de procedimiento: inglés

El Presidente de la Sala Tercera ha resuelto archivar el asunto.

( 1 ) DO C 247, de 20.10.2007.

Auto del Tribunal de Primera Instancia de 16 de noviembre de 2009 - Tipik/Comisión

(Asunto T-252/08) ( 1

)

(2010/C 11/72)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Tercera ha resuelto archivar el asunto.

( 1 ) DO C 209, de 15.8.2008.

Auto del Tribunal de Primera Instancia de 17 de noviembre de 2009 - STIM d'Orbigny/Comisión

(Asunto T-559/08) ( 1

)

(2010/C 11/73)

Lengua de procedimiento: francés

El Presidente de la Sala Sexta ha resuelto archivar el asunto.

( 1 ) DO C 44, de 21.2.2009.

Motivos y principales alegaciones

Marca comunitaria registrada, respecto a la que se presentó una de nulidad: Marca tridimensional comunitaria n o para productos comprendidos en la clase 6.

Titular de la marca comunitaria: La demandante.

Solicitante de la nulidad de la marca comunitaria: Georg Kieffer Sattlewarenfabrik GmbH.

de la División de Anulación: Desestimación de la petición de declaración de nulidad.

Resolución de la Sala de Recurso: Revocación de la resolución de la División de Anulación y declaración de nulidad de la marca comunitaria afectada.

Motivos invocados:

- Incumplimiento del artículo 52, apartado 1, letra a), en relación con el artículo 7, apartado 1, del Reglamento (CE) n o 207/2009 ( 1 ) debido a que se declaró indebidamente la falta de carácter distintivo originario.

- Incumplimiento del artículo 52, apartado 1, letra a), y del artículo 52, apartado 2, en relación con el artículo 7, apartado 3, del Reglamento n o 207/2009, en la medida en que ha dado por sentado indebidamente que la marca

controvertida no...

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