Asunto T-2/11: Recurso interpuesto el 4 de enero de 2011 — Portugal/Comisión

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ES Diario Oficial de la Unión Europea 19.3.2011

En quinto lugar, la demandante subraya la valoración errónea de las circunstancias de hecho en relación con las insuficiencias alegadas respecto de las exigencias de gestión y de control de

Respecto de las islas del Egeo, la demandante alega, en primer lugar, la infracción de la cosa juzgada, dado que el Tribunal de Justicia, mediante sentencia de 27 de octubre de 2005, C-175/03, anuló la corrección financiera impuesta en ese sector para los mismos años, y, por otra parte, la infracción de los artículos 264 y 266 del Tratado de Funcionamiento de la Unión

En segundo lugar, la demandante alega la interpretación y aplicación erróneas del artículo 7, apartado 4, del Reglamento (CE)

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) que establece que las correcciones se imponen con arreglo a la regla de los 24 meses, una infracción fundamental de forma, la falta de competencia ratione temporis de la Unión Europea para imponer corrección en 2010 sobre la base de su escrito de 17 de agosto de 2000, y que la imposición de correcciones en 2010 por insuficiencias del sistema de control en 1999, en 2000 y en 2001 vulnera el principio general de seguridad jurídica, de tiempo razonable y de acción subsidiaria de la Unión Europea debido a que la duración del procedimiento fue excesivamente larga, sin haber justificación para ello.

Por último, en relación con las primas por animales, la demandante sostiene, en primer lugar, la nulidad del procedimiento de liquidación de las cuentas debido a la incompetencia ratione

de la Comisión para la imposición de correcciones financieras y, en segundo lugar, la valoración errónea de las circunstancias de hecho, y la vulneración del principio de proporcionalidad, por lo que atañe a la valoración del peligro que dichos asuntos entrañan para el Fondo.

) Reglamento (CE) n o 1290/2005 del Consejo, de 21 de junio de

2005, sobre la financiación de la política agrícola común. ) Reglamento (CEE) n o 2075/92 del Consejo, de 30 de junio de 1992, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del tabaco crudo. ) Reglamento (CE) n o 2848/98 de la Comisión, de 22 de diciembre de

1998, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) n o 2075/92 del Consejo en lo que respecta al régimen de primas, las cuotas de producción y la ayuda específica que se concede a las agrupaciones de productores en el sector del tabaco crudo. ) Reglamento (CE) n o 1621/1999 de la Comisión, de 22 de julio de

1999, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n o 2201/96 del Consejo en lo relativo a...

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