Corrección de errores del Aviso a la atención de las personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas previstas en el artículo 4, apartado 1, letra b), de la Decisión 2010/801/PESC del Consejo, por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil (El presente texto anula y sustituye al publicado en el DO C 353 de 28.12.2010, p. 11)

SectionCorrección de errores

ES Diario Oficial de la Unión Europea C 5/15

Corrección de errores del Aviso a la atención de las personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas previstas en el artículo 4, apartado 1, letra b), de la Decisión 2010/801/PESC del Consejo, por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil (El presente texto anula y sustituye al publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea C 353 de 28 de diciembre de 2010, p. 11) (2011/C 5/13)

Aviso a la atención de las personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas previstas en el artículo 4, apartado 1, letra b), de la Decisión 2010/656/PESC del Consejo, por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil

CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Se comunica la siguiente información a las personas y entidades que figuran en el anexo II de la Decisión 2010/656/PESC del Consejo ( 1 ), por la que se renuevan las medidas restrictivas contra Costa de Marfil.

El Consejo de la Unión Europea ha resuelto que las personas y entidades que figuran en el citado anexo sean incluidas en las listas de personas y entidades a las que se aplican las medidas restrictivas prescritas en la Decisión 2010/656/PESC.

Las personas y entidades afectadas podrán solicitar al Consejo que se reconsidere la decisión de incluirlas en las citadas...

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