Decisión de Ejecución de la Comisión, de 26 de enero de 2012, que prorroga la validez de la Decisión 2009/251/CE, por la que se exige a los Estados miembros que garanticen que los productos que contienen el biocida dimetilfumarato no se comercialicen ni estén disponibles en el mercado [notificada con el número C(2012) 321]
Section | Decisión de ejecución |
Issuing Organization | Comisión de las Comunidades Europeas |
28.1.2012 Diario Oficial de la Unión Europea L 26/35
ES
DECISIÓN DE EJECUCIÓN DE LA COMISIÓN
de 26 de enero de 2012
que prorroga la validez de la Decisión 2009/251/CE, por la que se exige a los Estados miembros que garanticen que los productos que contienen el biocida dimetilfumarato no se comercialicen ni estén disponibles en el mercado
[notificada con el número C(2012) 321]
(Texto pertinente a efectos del EEE) (2012/48/UE)
LA COMISIÓN EUROPEA,
Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,
Vista la Directiva 2001/95/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de diciembre de 2001, relativa a la seguridad general de los productos
( 1 ), y, en particular, su artículo 13,
Considerando lo siguiente:
(1) En la Decisión 2009/251/CE de la Comisión
( 2
), se exige a los Estados miembros que garanticen que los productos que contienen el biocida dimetilfumarato no se comercialicen ni estén disponibles en el mercado.
(2) La Decisión 2009/251/CE fue adoptada de conformidad con las disposiciones del artículo 13 de la Directiva 2001/95/CE, que restringe la validez de la Decisión a un período no superior a un año, pero permite su revalidación por períodos adicionales que no podrán ser superiores a un año.
(3) Mediante las Decisiones 2010/153/UE
( 3 ) y 2011/135/UE
( 4 ) de la Comisión se prorrogó la validez de la Decisión 2009/251/CE por un período adicional de un año. Actualmente, se está considerando incorporar al Reglamento (CE) n o 1907/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo
( 5 ) una restricción permanente para el uso de dimetilfumarato en los productos. Puesto que esta medida abordará la misma problemática que la Decisión 2009/251/CE, por motivos de seguridad jurídica la mencionada Decisión debe ser aplicable hasta que entre en vigor la restricción permanente introducida por el Reglamento (CE) n o 1907/2006.
(4) A la luz de la experiencia adquirida hasta la fecha y en ausencia de una medida permanente en relación con los productos de consumo que contienen dimetilfumarato, es necesario prorrogar la validez de la Decisión 2009/251/CE otros doce meses.
(5) Procede modificar la Decisión 2009/251/CE en consecuencia.
(6) Las medidas previstas en la presente Decisión se ajustan al dictamen del Comité creado en virtud del artículo 15 de la Directiva 2001/95/CE.
HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:
El artículo 4 de la Decisión 2009/251/CE se sustituye por el texto siguiente:
Artículo 4
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