Asunto C-479/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 25 de octubre de 2012 — H. Gautzsch Großhandel GmbH & Co. KG/Münchener Boulevard Möbel Joseph Duna GmbH
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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 32/3
de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 25 de octubre de 2012 - H. Gautzsch Großhandel GmbH & Co. KG/Münchener Boulevard Möbel Joseph Duna GmbH
(Asunto C-479/12)
(2013/C 32/03)
Lengua de procedimiento: alemán
Órgano jurisdiccional remitente
Partes en el procedimiento principal
y recurrente en casación: H. Gautzsch Großhandel
Demandante y recurrida en casación: Münchener Boulevard Möbel Joseph Duna GmbH
Cuestiones prejudiciales
¿Debe interpretarse el artículo 11, apartado 2, del Regla mento n o 6/2002 ( 1
) en el sentido de que en el tráfico comercial normal un dibujo o modelo pudo ser conocido en los círculos especializados del sector de que se trate que operen en la Unión si se distribuyeron imágenes del dibujo o modelo entre los comerciantes?
interpretarse el artículo 7, apartado 1, primera frase, del Reglamento n o 6/2002 en el sentido de que un dibujo o modelo, pese a haber sido divulgado a terceros sin condiciones expresas o tácitas de confidencialidad, no pudo ser conocido en el tráfico comercial normal por los círculos especializados del sector de que se trate que operen en la Unión si:
-
sólo se dio a conocer a un único empresario de los círculos especializados, o
se presentó en las salas de exposición de una empresa en China, fuera de la observación habitual del mercado?
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¿Debe interpretarse el artículo 19, apartado 2, del Reglamento n o 6/2002 en el sentido de que recae sobre el titular de un dibujo o modelo comunitario no registrado la carga de la prueba de que la utilización impugnada resulta de haber sido copiado el dibujo o modelo protegido?
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En caso de respuesta afirmativa a la letra a) de la tercera
cuestión:
¿Se invierte la carga de la prueba o se aligera la carga de la prueba del titular del dibujo o modelo comunitario no registrado si entre el dibujo o modelo y la utilización impugnada existen coincidencias sustanciales?
4) a) ¿Está sujeta a prescripción la acción de cesación de los artículos 19, apartado 2, y 89, apartado 1, letra a), del Reglamento n o 6/2002 por infracción de un dibujo o modelo comunitario no registrado?
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En caso de respuesta afirmativa a la letra a) de la cuarta
cuestión:
¿Dicha prescripción se rige por el Derecho de la Unión? Si es así, ¿por qué disposición?
5) a) ¿Está sujeta a preclusión por retraso desleal a la hora de ejercitarla la acción de cesación de los artículos 19, apartado 2, y 89, apartado 1, letra a), del...
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