Asunto C-479/12: Petición de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 25 de octubre de 2012 — H. Gautzsch Großhandel GmbH & Co. KG/Münchener Boulevard Möbel Joseph Duna GmbH

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ES Diario Oficial de la Unión Europea C 32/3

de decisión prejudicial planteada por el Bundesgerichtshof (Alemania) el 25 de octubre de 2012 - H. Gautzsch Großhandel GmbH & Co. KG/Münchener Boulevard Möbel Joseph Duna GmbH

(Asunto C-479/12)

(2013/C 32/03)

Lengua de procedimiento: alemán

Órgano jurisdiccional remitente

Partes en el procedimiento principal

y recurrente en casación: H. Gautzsch Großhandel

Demandante y recurrida en casación: Münchener Boulevard Möbel Joseph Duna GmbH

Cuestiones prejudiciales

¿Debe interpretarse el artículo 11, apartado 2, del Regla mento n o 6/2002 ( 1

) en el sentido de que en el tráfico comercial normal un dibujo o modelo pudo ser conocido en los círculos especializados del sector de que se trate que operen en la Unión si se distribuyeron imágenes del dibujo o modelo entre los comerciantes?

interpretarse el artículo 7, apartado 1, primera frase, del Reglamento n o 6/2002 en el sentido de que un dibujo o modelo, pese a haber sido divulgado a terceros sin condiciones expresas o tácitas de confidencialidad, no pudo ser conocido en el tráfico comercial normal por los círculos especializados del sector de que se trate que operen en la Unión si:

  1. sólo se dio a conocer a un único empresario de los círculos especializados, o

    se presentó en las salas de exposición de una empresa en China, fuera de la observación habitual del mercado?

  2. ¿Debe interpretarse el artículo 19, apartado 2, del Reglamento n o 6/2002 en el sentido de que recae sobre el titular de un dibujo o modelo comunitario no registrado la carga de la prueba de que la utilización impugnada resulta de haber sido copiado el dibujo o modelo protegido?

  3. En caso de respuesta afirmativa a la letra a) de la tercera

    cuestión:

    ¿Se invierte la carga de la prueba o se aligera la carga de la prueba del titular del dibujo o modelo comunitario no registrado si entre el dibujo o modelo y la utilización impugnada existen coincidencias sustanciales?

    4) a) ¿Está sujeta a prescripción la acción de cesación de los artículos 19, apartado 2, y 89, apartado 1, letra a), del Reglamento n o 6/2002 por infracción de un dibujo o modelo comunitario no registrado?

  4. En caso de respuesta afirmativa a la letra a) de la cuarta

    cuestión:

    ¿Dicha prescripción se rige por el Derecho de la Unión? Si es así, ¿por qué disposición?

    5) a) ¿Está sujeta a preclusión por retraso desleal a la hora de ejercitarla la acción de cesación de los artículos 19, apartado 2, y 89, apartado 1, letra a), del...

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