Asunto C-98/99: Petición de decisión prejudicial presentada mediante resolución del Bundessozialgericht, de fecha 15 de octubre de 1998, en el asunto entre Mohamad Nasser y Landeshauptstadt Stuttgart

SectionResolution

C 160/8 ES 5.6.1999Diario Oficial de las Comunidades Europeas Peticio´ n de decisio´n prejudicial presentada mediante reso- 2) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestio´n:

lucio´ n del Bundessozialgericht, de fecha 15 de octubre de ¿Se aplica el Reglamento (CEE) n° 1408/71 asimismo a los1998, en el asunto entre Hassan Osseili y Bundesanstalt trabajadores por cuenta ajena apa´tridas y los miembrosfür Arbeit de sus familias que entraron en un Estado miembro (Asunto C-97/99) directamente desde un Estado tercero y no se han desplazado dentro de la Comunidad? (1999/C 160/17) (1) DO L 149 de 5.7.1971, p. 2; EE 05/01, p. 98.Al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas le ha sido sometida una peticio´n de decisio´n prejudicial mediante resolucio´n del Bundessozialgericht, dictada el 15 de octubre de 1998, en el asunto entre Hassan Osseili y Bundesanstalt für Arbeit, y recibida en la Secretari´a del Tribunal de Justicia el 17 de marzo de 1999. El Bundessozialgericht solicita al Tribunal de Justicia que se pronuncie sobre las siguientes cuestiones: Recurso interpuesto el 17 de marzo de 1999 contra el Consejo de la Unio´ n Europea y la Comisio´ n de las1) El Reglamento (CEE) no 1408/71 del Consejo, de 14 de Comunidades Europeas por la Repu´blica Italianajunio de 1971, relativo a la aplicacio´n de los regi´menes de Seguridad Social a los trabajadores por cuenta ajena, a los (Asunto C-100/99)trabajadores por cuenta propia y a los miembros de sus familias que se desplazan dentro de la Comunidad(1), ¿se aplica a los apa´tridas y a los miembros de sus familias si, (1999/C 160/19) con arreglo al Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de 25 de marzo de 1957, en la versio´n del Tratado En el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas se ha de la Unio´n Europea de 7 de febrero de 1992, éstos no presentado el 17 de marzo de 1999 un recurso contra el tienen derecho a la libre circulacio´n? Consejo de la Unio´n Europea y la Comisio´n de las Comunidades Europeas formulado por la Repu´blica Italiana, representada2) En caso de respuesta afirmativa a la primera cuestio´n:

por el Profesor Umberto Lenza, Agente, asistido por el Sr.

¿Se aplica el Reglamento (CEE) no 1408/71 asimismo a los Danilo Del Gaizo, avvocato dello Stato, que designa como trabajadores por cuenta ajena apa´tridas y los miembros domicilio en Luxemburgo la sede de la Embajada de Italia, rue de sus familias que entraron en un Estado miembro Marie-Adelaïde, 5.

directamente...

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