Reglamento (CE) nº 509/2008 de la Comisión, de 6 de junio de 2008, por el que se fija la cantidad adicional final de azúcar en bruto de caña originario de los Estados ACP y la India destinada al abastecimiento de las refinerías durante la campaña de comercialización 2007/08

SectionReglamento
Issuing OrganizationComisión de las Comunidades Europeas

REGLAMENTO (CE) No 509/2008 DE LA COMISIÓN de 6 de junio de 2008 por el que se fija la cantidad adicional final de azúcar en bruto de caña originario de los Estados ACP y la India destinada al abastecimiento de las refinerías durante la campaña de comercialización 2007/08

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Reglamento (CE) no 318/2006 del Consejo, de 20 de febrero de 2006, por el que se establece la organización común de mercados en el sector del azúcar (1), y, en particular, su artículo 29, apartado 4, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) De acuerdo con el artículo 29, apartado 4, del Reglamento (CE) no 318/2006, se suspenderá la aplicación de derechos de importación de la cantidad adicional de azúcar en bruto de caña originario de los Estados indicados en el anexo VI de ese Reglamento que resulte necesaria para que las refinerías comunitarias dispongan de un suministro adecuado durante las campañas de comercialización 2006/07, 2007/08 y 2008/09.

(2) Esa cantidad adicional debe calcularse, según dispone el artículo 19 del Reglamento (CE) no 950/2006 de la Comisión, de 28 de junio de 2006, por el que se establecen, para las campañas de comercialización 2006/07, 2007/08 y 2008/09, las disposiciones de aplicación para la importación y el refinado de productos del sector del azúcar en el marco de determinados contingentes arancelarios y acuerdos preferenciales (2), sobre la base de un plan comunitario exhaustivo de previsiones de abastecimiento de azúcar en bruto.

(3) Para la campaña de comercialización 2007/08, el plan pone de manifiesto la necesidad de importar una cantidad adicional de azúcar en bruto para refinar de 286 597 toneladas de equivalente de azúcar blanco a fin de cubrir las necesidades de abastecimiento de las refinerías comunitarias. En esa cantidad adicional se incluye una estimación de las solicitudes de certificados de importación de los últimos meses de la campaña de comercialización 2007/08, en relación con las importaciones contempladas en el artículo 3, apartado 2, del Reglamento (CE) no 1100/2006 de la Comisión, de 17 de julio de 2006, por el que se determinan, para las campañas de comercialización 2006/07, 2007/08 y 2008/09, las modalidades de apertura y gestión de contingentes arancelarios para el azúcar de caña en bruto, originario de los países menos desarrollados, que se destine al refinado, así como las...

To continue reading

Request your trial

VLEX uses login cookies to provide you with a better browsing experience. If you click on 'Accept' or continue browsing this site we consider that you accept our cookie policy. ACCEPT