Commission Decision of 22 December 2006 approving contingency plans for the control of avian influenza and Newcastle disease (notified under document number C(2006) 6806) (Text with EEA relevance)

Published date13 January 2007
Date of Signature27 April 2007
Subject Matterlegislazione veterinaria,legislación veterinaria,législation vétérinaire,transportes,Acuerdo de Asociación,relaciones exteriores
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 8, 13 gennaio 2007,Diario Oficial de la Unión Europea, L 8, 13 de enero de 2007,Journal officiel de l’Union européenne, L 8, 13 janvier 2007,Diario Oficial de la Unión Europea, L 209, 09 de agosto de 2007
L_2007008ES.01002601.xml
13.1.2007 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 8/26

DECISIÓN DE LA COMISIÓN

de 22 de diciembre de 2006

por la que se aprueban planes de emergencia para el control de la gripe aviar y la enfermedad de Newcastle

[notificada con el número C(2006) 6806]

(Texto pertinente a efectos del EEE)

(2007/24/CE)

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Visto el Tratado de adhesión de Bulgaria y Rumanía y, en particular, su artículo 4, apartado 3,

Vista el Acta de adhesión de Bulgaria y Rumanía y, en particular, su artículo 56,

Vista la Directiva 92/40/CEE del Consejo, de 19 de mayo de 1992, por la que se establecen medidas comunitarias para la lucha contra la influenza aviar (1), y, en particular, su artículo 17, apartado 4, párrafo segundo,

Vista la Directiva 92/66/CEE del Consejo, de 14 de julio de 1992, por la que se establecen medidas comunitarias para la lucha contra la enfermedad de Newcastle (2), y, en particular, su artículo 21, apartado 4, párrafo segundo,

Considerando lo siguiente:

(1) Las Directivas 92/40/CEE y 92/66/CEE establecen las medidas de control que deben aplicarse en caso de brote de gripe aviar y de enfermedad de Newcastle, respectivamente, así como determinadas medidas preventivas destinadas a aumentar la sensibilización y la preparación de las autoridades competentes y de los ganaderos ante dichas enfermedades. De conformidad con lo establecido en las mencionadas Directivas, la Comisión debe aprobar los planes de emergencia de los Estados miembros para el control de la gripe aviar y la enfermedad de Newcastle.
(2) Mediante la Decisión 2004/402/CE de la Comisión, de 26 de abril de 2004, por la que se aprueban planes de emergencia para el control de la influenza aviar y la enfermedad de Newcastle (3), se aprobaron los mencionados planes de emergencia para los actuales Estados miembros. En el anexo de dicha Decisión se enumeran los Estados miembros cuyos planes han sido aprobados.
(3) Bulgaria y Rumanía se adherirán a la Comunidad el 1 de enero de 2007. En consecuencia, estos dos países han presentado a la Comisión sus planes de emergencia para el control de la gripe aviar y la enfermedad de Newcastle para su aprobación.
(4) Estos planes de emergencia, modificados por Bulgaria y Rumanía con arreglo a las sugerencias formuladas durante su evaluación, cumplen los criterios establecidos en las Directivas 92/40/CEE y 92/66/CEE y, si son sometidos a una actualización periódica y se aplican de forma efectiva, permiten alcanzar los objetivos deseados en las
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