Commission Directive 2010/79/EU of 19 November 2010 on the adaptation to technical progress of Annex III to Directive 2004/42/EC of the European Parliament and of the Council on the limitation of emissions of volatile organic compounds

Published date20 November 2010
Subject Matterambiente,ravvicinamento delle legislazioni,medio ambiente,aproximación de las legislaciones,environnement,rapprochement des législations
Official Gazette PublicationGazzetta ufficiale dell’Unione europea, L 304, 20 novembre 2010,Diario Oficial de la Unión Europea, L 304, 20 de noviembre de 2010,Journal officiel de l’Union européenne, L 304, 20 novembre 2010
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20.11.2010 ES Diario Oficial de la Unión Europea L 304/18

DIRECTIVA 2010/79/UE DE LA COMISIÓN

de 19 de noviembre de 2010

sobre la adaptación al progreso técnico del anexo III de la Directiva 2004/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles

LA COMISIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Vista la Directiva 2004/42/CE, relativa a la limitación de las emisiones de compuestos orgánicos volátiles (COV) debidas al uso de disolventes orgánicos en determinadas pinturas y barnices y en los productos de renovación del acabado de vehículos, por la que se modifica la Directiva 1999/13/CE (1), y, en particular, su artículo 11,

Considerando lo siguiente:

(1) Los métodos analíticos establecidos en el anexo III de la Directiva 2004/42/CE deben utilizarse para determinar, en el caso de los productos contemplados en el anexo I de la Directiva, el cumplimiento de los límites impuestos al contenido máximo autorizado de compuestos orgánicos volátiles (en lo sucesivo denominados «COV») fijados en el anexo II de la Directiva. Esos métodos deben adaptarse al progreso técnico.
(2) La Organización Internacional de Normalización revisó el método ISO 11890-2 en 2006, y la nueva versión debe incorporarse al anexo III de la Directiva 2004/42/CE.
(3) Según el método ISO 11890-2, cuando en la fórmula del producto no entren diluyentes reactivos y el contenido de COV sea igual o superior al 15 % en masa, el método más simple y menos costoso ISO 11890-1 constituye una alternativa aceptable. Por lo tanto, la Directiva 2004/42/CE debe autorizar este método a fin de reducir los costes de prueba para los Estados miembros y los agentes económicos afectados por dicha Directiva.
(4) La Directiva 2004/42/CE debe modificarse en consecuencia.
(5) Las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité contemplado en el artículo 12, apartado 3, de la Directiva 2004/42/CE.

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

El anexo III de la Directiva 2004/42/CE se sustituye por el anexo de la presente Directiva.

Artículo 2

Transposición

1. Los Estados miembros adoptarán y publicarán, a más tardar el 10 de junio de 2012, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la...

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