Commission Directive 93/8/EEC of 15 March 1993 amending Council Directive 82/711/EEC laying down the basic rules necessary for testing migration of constituents of plastic materials and articles intended to come into contact with foodstuffs

Published date14 April 1993
Subject Matterpublic health,Technical barriers,Foodstuffs
Official Gazette PublicationOfficial Journal of the European Communities, L 90, 14 April 1993
EUR-Lex - 31993L0008 - ES

Directiva 93/8/CEE de la Comisión, de 15 de marzo de 1993, por la que se modifica la Directiva 82/711/CEE del Consejo que establece las normas de base necesarias para la verificación de la migración de los componentes de los materiales y objetos de materia plástica destinados a entrar en contacto con productos alimenticios

Diario Oficial n° L 090 de 14/04/1993 p. 0022 - 0025
Edición especial en finés : Capítulo 13 Tomo 24 p. 0016
Edición especial sueca: Capítulo 13 Tomo 24 p. 0016


DIRECTIVA 93/8/CEE DE LA COMISIÓN de 15 de marzo de 1993 por la que se modifica la Directiva 82/711/CEE del Consejo que establece las normas de base necesarias para la verificación de la migración de los componentes de los materiales y objetos de materia plástica destinados a entrar en contacto con productos alimenticios

LA COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Económica Europea,

Vista la Directiva 89/109/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre los materiales y objetos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios (1) y, en particular, su artículo 3,

Considerando que las medidas comunitarias previstas por la presente Directiva son no sólo necesarias, sino asimismo indispensables para la consecución de los objetivos del mercado interior, y que dichos objetivos no pueden ser alcanzados por los Estados miembros por separado; que, por otra parte, la Directiva 89/109/CEE ha previsto ya su realización a nivel comunitario;

Considerando que la Directiva 90/128/CEE de la Comisión, de 23 de febrero de 1990, relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios (2), modificada por la Directiva 92/39/CEE (3), prevé la posibilidad de realizar los ensayos de migración bien en productos alimenticios o bien en simulantes, mientras que la Directiva 82/711/CEE del Consejo (4) obliga a realizar las pruebas de migración solamente en simulantes, a no ser que se haya aprobado oficialmente un método de análisis que haga posible determinar la migración a productos alimenticios; que esta discrepancia puede afectar a la correcta aplicación de las Directivas y, por consiguiente, procede suprimirla;

Considerando que el uso creciente de hornos de microondas hace necesario establecer nuevas condiciones específicas de ensayo;

Considerando que, a fin de eliminar las discrepancias existentes, es necesario suprimir la posibilidad que tenían los Estados miembros de aprobar normas nacionales para los ensayos a altas temperaturas;

Considerando que las medidas previstas en la presente Directiva se ajustan al dictamen del Comité permanente de productos alimenticios,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

La Directiva 82/711/CEE quedará modificada como sigue:

1) Los artículos 2 y 3 se sustituirán por el texto siguiente:

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